

La decisión fue adoptada por la Corte Suprema y, aunque no resultó inesperada para los expertos, representa un hito en la manera en que los estados regulan el acceso a determinados empleos públicos.
A pesar de que el fallo no fue presentado como una innovación radical, su repercusión es tangible y directa. La Corte Suprema reafirmó un límite claro a los congresos estatales, estableciendo que existen condiciones que no pueden ser impuestas sin un respaldo constitucional, incluso en lo que respecta a cargos de alta relevancia.

Una norma que durante años permaneció casi ignorada ha sido eliminada del marco institucional. No se trataba de un procedimiento menor ni de un aspecto administrativo, sino de una condición que determinaba quién podía acceder a un puesto clave en el control del gasto público en un estado específico del país.
Eliminación del requisito de nacionalidad por nacimiento: pronunciamientos de la Corte Suprema
El Pleno de la Corte Suprema invalidó una porción del artículo 97, fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el estado de Durango.
La Corte Suprema consideró que esta exigencia generaba una distinción injustificada, afectando el acceso a empleos públicos y potencialmente conduciendo a un trato discriminatorio en el ámbito estatal.
El Congreso local de Durango excedió sus facultades al establecer la condición de que la persona titular de la Auditoría Superior debía ser mexicana por nacimiento y no poseer otra nacionalidad.
Según la resolución, dicho requisito carece de fundamento en la Constitución Política Federal. La Corte subrayó que únicamente la Constitución y las leyes del Congreso de la Unión pueden reservar ciertos cargos a personas mexicanas por nacimiento sin otra nacionalidad, lo cual no se aplica en este caso.
Auditoría Superior de Durango: Potencial y Oportunidades en el Sector Público
La resolución adoptada por la SCJN refuerza una línea constante del tribunal: los congresos estatales no pueden restringir el acceso a empleos públicos sin un mandato constitucional expreso. En este sentido, la Corte dejó en claro que el control del gasto público no puede estar sujeto a limitaciones que la Constitución no autoriza.
En este contexto, el Máximo Tribunal ordenó notificar al Congreso del Estado de Durango para que ajuste su legislación a este nuevo criterio. El cargo queda disponible también para personas mexicanas por naturalización y para quienes posean doble nacionalidad, siempre que cumplan con las demás condiciones legales.
Con este fallo, el requisito cambió de manera definitiva. Para encabezar la Auditoría Superior de Durango ya no es obligatorio ser mexicano por nacimiento ni carecer de otra nacionalidad. A partir de ahora, solo es necesario ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.















