En esta noticia

Con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del 18 de diciembre de 2025, entró en vigor el nuevo Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, un cambio significativo que transforma la manera en que el Estado contrata bienes y servicios.

El decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum establece que el Reglamento busca “propiciar el oportuno y estricto cumplimiento” de la Ley, fijando nuevas obligaciones, definiciones claras y controles que limitan prácticas discrecionales en las compras públicas.

Entra en vigor un nuevo reglamento de la Ley de Adquisiciones: el Estado ya no podrá comprar como antes (foto: archivo).

Compras reguladas con normativas actualizadas

El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público redefine las responsabilidades internas al precisar figuras clave como el área contratante, el área requirente, el área técnica y el administrador del contrato, quien será responsable de verificar el cumplimiento de los derechos y obligaciones del proveedor.

Se fortalece la planeación al obligar a las dependencias a actualizar mensualmente sus programas anuales de adquisiciones y a publicar contratos y modificaciones en la Plataforma, “en un plazo no mayor de quince días hábiles posteriores a su firma”.

Contrataciones eficientes con un enfoque en sostenibilidad

Uno de los ejes centrales del nuevo Reglamento es la ampliación de las contrataciones consolidadas y los acuerdos marco, que ahora deberán sujetarse a principios de “economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, transparencia y honradez”.

El DOF establece que las contrataciones públicas sostenibles deberán “procurar de manera integral el desarrollo social y económico, así como el cuidado al medio ambiente”, alineando las compras del Estado con objetivos sociales.

  • Hacienda definirá qué bienes y servicios se comprarán de forma consolidada
  • Las dependencias estarán obligadas a adherirse, salvo autorización expresa
  • Se impulsa la participación de Mipymes, cooperativas y economía social

El Estado implementará mayor vigilancia y reducirá la discrecionalidad

El Reglamento establece limitaciones en cuanto a excepciones y adjudicaciones directas, definiendo:

  • Topes precisos
  • Justificaciones necesarias
  • Controles presupuestarios

Se incluyen normas específicas para fideicomisos públicos y acuerdos interinstitucionales.

Por último, se confiere a la Secretaría la autoridad para interpretar el Reglamento en el ámbito administrativo, dejando en claro que sus criterios “son obligatorios para las dependencias y entidades”, lo que impide interpretaciones arbitrarias y establece un nuevo modelo de compras públicas.