Con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del 18 de diciembre de 2025, entró en vigor el nuevo Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, un cambio significativo que transforma la manera en que el Estado contrata bienes y servicios.
El decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum establece que el Reglamento busca “propiciar el oportuno y estricto cumplimiento” de la Ley, fijando nuevas obligaciones, definiciones claras y controles que limitan prácticas discrecionales en las compras públicas.
Compras reguladas con normativas actualizadas
El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público redefine las responsabilidades internas al precisar figuras clave como el área contratante, el área requirente, el área técnica y el administrador del contrato, quien será responsable de verificar el cumplimiento de los derechos y obligaciones del proveedor.
Se fortalece la planeación al obligar a las dependencias a actualizar mensualmente sus programas anuales de adquisiciones y a publicar contratos y modificaciones en la Plataforma, “en un plazo no mayor de quince días hábiles posteriores a su firma”.
Contrataciones eficientes con un enfoque en sostenibilidad
Uno de los ejes centrales del nuevo Reglamento es la ampliación de las contrataciones consolidadas y los acuerdos marco, que ahora deberán sujetarse a principios de “economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, transparencia y honradez”.
El DOF establece que las contrataciones públicas sostenibles deberán “procurar de manera integral el desarrollo social y económico, así como el cuidado al medio ambiente”, alineando las compras del Estado con objetivos sociales.
- Hacienda definirá qué bienes y servicios se comprarán de forma consolidada
- Las dependencias estarán obligadas a adherirse, salvo autorización expresa
- Se impulsa la participación de Mipymes, cooperativas y economía social
El Estado implementará mayor vigilancia y reducirá la discrecionalidad
El Reglamento establece limitaciones en cuanto a excepciones y adjudicaciones directas, definiendo:
- Topes precisos
- Justificaciones necesarias
- Controles presupuestarios
Se incluyen normas específicas para fideicomisos públicos y acuerdos interinstitucionales.
Por último, se confiere a la Secretaría la autoridad para interpretar el Reglamento en el ámbito administrativo, dejando en claro que sus criterios “son obligatorios para las dependencias y entidades”, lo que impide interpretaciones arbitrarias y establece un nuevo modelo de compras públicas.