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La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, emitió un fallo que reconfigura de manera profunda el marco legal del transporte público en Chihuahua, al revisar reformas a su Ley de Transporte estatal.

Si bien al SCJN confirmó la validez general de la norma, invalidó disposiciones que afectaban directamente la transmisión de concesiones de taxi y los límites de antigüedad vehicular, encendiendo alertas en el sector.

La sesión en pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación México
La sesión en pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación MéxicoSuprema Corte de Justicia de la Nación México

La Suprema Corte da un golpe a las concesiones heredadas

Uno de los puntos más relevantes del fallo fue la invalidez parcial del artículo 92 bis, que impedía otorgar concesiones de taxi a familiares de un conductor fallecido ante “simples indicios” de conductas irregulares.

La Suprema Corte declaró inconstitucional la frase “que existan indicios de que”, al considerar que negaba derechos sin pruebas firmes, ya que bastaban sospechas de consumo de alcohol, drogas o infracciones viales para rechazar la concesión.

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Cambios en reglas vehiculares y certeza jurídica

El Tribunal también invalidó fragmentos del último párrafo del artículo 150, que imponían límites de antigüedad vehicular más estrictos en localidades pequeñas, por considerarlos desproporcionados.

Según el fallo, estas restricciones resultaban innecesarias frente a las “revisiones físico-mecánicas, las cuales garantizan de manera más efectiva la seguridad de las personas usuarias”, reafirmando que la seguridad no depende solo de la edad del vehículo.

En lo restante, la SCJN respaldó la ley estatal al señalar que “las normas sobre concesiones, cesiones y sucesiones de permisos constituyen un sistema claro que limita la discrecionalidad de las autoridades”, otorgando certeza tanto a usuarios como a prestadores del servicio.