

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el ayuntamiento de Hermosillo rebasó las atribuciones que le corresponden después de emitir un reglamento municipal sobre la posesión y el uso temporal de bienes privados.
De esta forma, anuló la facultad del municipio para tomar posesión de inmuebles mediante la sindicatura, así como para destinarlos a servicios públicos o para que fueran habitados por terceros.

La Suprema Corte invalidó las normas municipales sobre control de inmuebles privados
Como se mencionó, el Pleno de la Corte Suprema resolvió que el ayuntamiento de Hermosillo excedió sus atribuciones después de aprobar un reglamento que le otorgaba la posibilidad de tomar posesión de propiedades privadas mediante su sindicatura. Dicho marco normativo también contemplaba el uso de esos bienes para servicios públicos o incluso para la ocupación por terceros, lo que fue considerado inconstitucional.
Los ministros señalaron que, aunque los municipios tienen facultades en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, estas no incluyen la creación de mecanismos que les permitan disponer o administrar directamente propiedades privadas.
Qué límites tendrán ahora los municipios en materia de propiedad privada
La resolución precisó que cualquier regulación relacionada con la propiedad privada debe respetar el ámbito de competencia del Congreso estatal. En ese sentido, los ayuntamientos no pueden establecer por su cuenta reglas que impliquen el control o disfrute de inmuebles ajenos, ya que esto vulnera el núcleo del derecho de propiedad protegido por la Constitución Política.
Sin embargo, la Suprema Corte validó algunas disposiciones relacionadas con la declaratoria de abandono de inmuebles, por considerarlas parte de las funciones administrativas legítimas de los municipios.
Con este fallo, envía un mensaje claro sobre los límites del poder municipal en materia de bienes privados. La decisión refuerza la protección del derecho de propiedad y establece un precedente que impide a los gobiernos locales intervenir en inmuebles sin base legal sólida ni autorización correspondiente.
En consecuencia, los municipios deberán ajustar sus reglamentos para evitar invadir competencias que no les corresponden y respetar de manera estricta los derechos de los propietarios.

Por qué los municipios sí pueden regular el uso del suelo
Aunque la Suprema Corte limitó estas facultades, también recordó que los municipios conservan competencias importantes en materia de ordenamiento territorial.
Esto incluye la posibilidad de regular el uso de suelo, establecer zonificación urbana y emitir permisos de construcción, siempre que no implique intervenir directamente en la propiedad privada ni sustituir al Congreso estatal en la creación de normas de fondo.















