

La decisión surgió al resolver el Amparo Directo en Revisión 3097/2025, que analizó el caso de una persona condenada por omitir el pago de pensión alimentaria a sus hijas. La Corte validó la constitucionalidad del Código Penal del Estado de Tamaulipas que castiga este tipo de abandono familiar.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución que refuerza la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en México. El Máximo Tribunal confirmó que el incumplimiento injustificado de la obligación alimentaria puede acarrear severas sanciones penales, marcando un precedente importante para casos similares en todo el país.
Implicaciones del fallo sobre obligaciones alimentarias: análisis del Amparo Directo en Revisión 3097/2025
La SCJN ha establecido que toda persona con la obligación legal de proporcionar alimentos no puede interrumpir dicha obligación sin una justificación adecuada. La falta intencionada de cumplimiento se considera un abandono que afecta de manera directa el desarrollo integral de los menores y puede ser objeto de persecución penal.

El Pleno del Tribunal ha ratificado la sentencia condenatoria, afirmando que la norma estatal es constitucional al definir con precisión los elementos que constituyen el delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias. Esta precisión asegura la protección jurídica tanto para los beneficiarios de alimentos como para aquellos que tienen la responsabilidad de proporcionarlos.
Criterios para la Evaluación de Causas Justificadas
Un punto central de la resolución fue el análisis de la frase “sin motivo justificado” contenida en el tipo penal. La Corte aclaró que este término debe analizarse según las circunstancias particulares de cada caso, considerando factores como la capacidad económica del obligado, situaciones de fuerza mayor o cualquier condición real que impida el cumplimiento.
El Tribunal subrayó enfáticamente que el derecho a recibir alimentos es una obligación derivada de la protección reforzada que el Estado debe garantizar a la niñez. Esta protección incluye la seguridad material necesaria para el desarrollo integral de los menores.
Esta interpretación flexible y contextual permite a los jueces valorar individualmente cada situación, evitando rigideces que puedan afectar a ambas partes. No es necesario que la ley enumere exhaustivamente todos los supuestos de justificación, siempre que el juez pueda evaluar objetivamente las circunstancias presentadas.













