

La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el bloqueo de cuentas bancarias en México ya genera impacto en el sistema financiero. El pleno resolvió una de las cuestiones más debatidas y avaló que autoridades congelen recursos sin necesidad de una orden judicial, bajo ciertas condiciones específicas.
El criterio aprobado establece que el bloqueo de cuentas podrá aplicarse en casos nacionales bajo ciertos criterios que adviertan por ilegalidades. Esto modifica el alcance que hasta ahora tenía esta medida dentro del marco legal mexicano.
La resolución se dio con seis votos a favor y tres en contra, validando una reforma vigente desde 2022 a la Ley de Instituciones de Crédito. A partir de esta interpretación, se refuerzan las facultades de la Secretaría de Hacienda y de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Suprema Corte y bloqueo de cuentas sin orden judicial: qué aprobó y cómo funciona
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el congelamiento de cuentas bancarias en casos nacionales sin necesidad de orden judicial, siempre que existan “indicios suficientes” de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

Con seis votos a favor y tres en contra, el máximo tribunal declaró constitucional la reforma al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito. Esto permite que la Secretaría de Hacienda incluya a personas en la Lista de Personas Bloqueadas.
A partir de esa inclusión, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) puede proceder al bloqueo de cuentas sin requerir intervención previa del Ministerio Público ni de organismos internacionales.
La Corte consideró que se trata de un acto administrativo y, por lo tanto, los afectados pueden impugnar la medida a través del derecho de audiencia, lo que fue clave para validar su constitucionalidad.
Bloqueo de cuentas y usuarios afectados en México: quiénes podrían ser incluidos
El bloqueo de cuentas sin orden judicial no aplicará de manera generalizada. Según lo establecido, estará dirigido a usuarios que realicen operaciones inusuales o que presenten indicios vinculados a actividades ilícitas.
El contexto actual, marcado por la rapidez del sistema financiero y la operación de redes delictivas, fue uno de los argumentos centrales para justificar la medida. Las autoridades buscan evitar el movimiento inmediato de recursos sospechosos.
Entre los principales puntos a considerar se encuentran:
- Solo aplica ante indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
- No requiere orden judicial ni petición internacional.
- La UIF puede actuar directamente tras la inclusión en la lista.
- Los usuarios pueden impugnar la decisión mediante mecanismos legales.
Algunos ministros votaron en contra al advertir riesgos sobre la seguridad jurídica y posibles abusos de autoridad. Argumentaron que la medida podría vincularse con el ámbito penal y requerir mayores controles.
Pese a ello, la mayoría sostuvo que el objetivo es fortalecer el control del sistema financiero en México, sin afectar a la totalidad de los usuarios, sino únicamente a quienes realicen movimientos considerados irregulares.














