

En esta noticia
El acceso a la justicia para familias con niños con discapacidad volvió al centro del debate judicial tras un fallo que marca un antes y un después. La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no solo apunta a los seguros médicos, sino también a cómo deben actuar los tribunales cuando hay derechos fundamentales en juego.
El Máximo Tribunal actuó en función de un caso particular donde el tiempo y la salud resultaban determinantes. Cabe destacar que durante mucho tiempo, distintos procesos judiciales quedaron estancados por tecnicismos que parecían menores, pero que terminaron bloqueando reclamos urgentes.
En este contexto, la Corte Suprema fijó criterios que podrían impactar en futuros litigios vinculados a seguros de gastos médicos mayores. La resolución pone el foco en la prioridad de la niñez con discapacidad y en la obligación de eliminar obstáculos que limiten su acceso efectivo a la justicia.

Suprema Corte garantiza acceso a la justicia para niños con discapacidad en seguros médicos
La Suprema Corte resolvió que un caso relacionado con la cobertura de seguros médicos para un niño con discapacidad no debía ser desechado por un error en la vía procesal. En cambio, ordenó que el asunto se tramite en la vía mercantil correspondiente, conservando lo actuado y evitando reiniciar el proceso desde cero.

El conflicto comenzó cuando una madre contrató un seguro de gastos médicos mayores que incluía padecimientos congénitos. Tras el nacimiento de su hijo, diagnosticado con hipoacusia profunda bilateral, la aseguradora rechazó cubrir el implante coclear y tratamientos asociados, pese a que la póliza contemplaba una suma suficiente para el procedimiento.
La familia demandó el cumplimiento del contrato, la cobertura médica y una indemnización por daño moral por presunta discriminación hacia un niño con discapacidad. Sin embargo, el juez desechó la demanda por considerar que el daño moral tenía cuantía indeterminada, decisión que fue confirmada en segunda instancia.
La Suprema Corte corrigió ese criterio y estableció que, cuando se reclaman derechos derivados de un contrato de seguro junto con daño moral vinculado al mismo, el tribunal debe prorrogar su competencia y tramitar el caso en la vía ordinaria mercantil, evitando que formalidades procesales frenen el acceso a la justicia.
Niñez con discapacidad y seguros médicos: prioridad total y justicia garantizada
El fallo subraya que, cuando intervienen niñas, niños o adolescentes con discapacidad, los jueces deben aplicar el principio de interés superior de la niñez. Esto implica revisar si existen barreras procesales que limiten su acceso a la justicia y adoptar ajustes razonables para eliminarlas.
La Suprema Corte también indicó que las autoridades jurisdiccionales deben analizar los casos con perspectiva de discapacidad, lo que incluye flexibilizar procedimientos cuando sea necesario para garantizar que los derechos no queden en el papel. El criterio refuerza la protección judicial en conflictos con seguros médicos.
La resolución deja una serie de puntos claves:
- Prioridad del interés superior de la niñez en procesos judiciales.
- Eliminación de barreras procesales que impidan el acceso a la justicia.
- Obligación de reencauzar demandas en lugar de desecharlas por errores técnicos.
- Análisis con perspectiva de discapacidad en casos contra aseguradoras.
- Garantía de que los seguros médicos cumplan las coberturas pactadas.
Con este precedente, la Suprema Corte fortalece la protección legal de los niños con discapacidad en conflictos con seguros médicos y establece criterios que deberán ser considerados por jueces en casos similares. El impacto podría extenderse a futuros litigios donde el acceso a la justicia y la prioridad de la niñez sean determinantes.













