

El Grupo Aeroportuario Marina –una empresa paraestatal mexicana que administra y opera el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, Benito Juárez (AICM)– convocó a una reunión de trabajo a las 11 agrupaciones de taxi que prestan servicio en el aeropuerto para evitar que conductores de apps de movilidad como Uber y DiDi accedan a las instalaciones, a los que calificaron como “servicios irregulares”.
Durante la reunión se determinó el inicio de operativos de la Guardia Nacional para evitar que dichos servicios de movilidad dejen o recojan pasajeros en las inmediaciones del AICM.
Uber respondió en un comunicado que no es un servicio “irregular” como afirmó ayer el Grupo Aeroportuario Marina, sino que es “una plataforma que lleva más de 13 años en México, que es elegida por miles de usuarios todos los días como su opción de movilidad, y que es utilizada por miles de conductores para generar ganancias y alcanzar sus metas. A nivel mundial, Uber está disponible en más de 700 aeropuertos y 15,000 ciudades”.
Aunque la paraestatal controlada por la Secretaría de Marina (SEMAR) reiteró que los servicios de aplicación de taxis no cuentan con autorización para operar en la zona federal del aeropuerto, Uber reafirmó el derecho de sus conductores de dejar y recoger usuarios en todos los aeropuertos de México mediante un amparo otorgado en octubre de 2025.
En un comunicado informaron que “la Jueza Decimotercera de Distrito en Materia Administrativa ordenó a la Guardia Nacional cumplir con la suspensión definitiva respecto al juicio de amparo 1202/2025, promovido por Uber el año pasado”.
Uber dijo que confía en que esta resolución y la suspensión definitiva otorgada sean respetadas por la autoridad en vísperas de la Copa del Mundo 2026, el evento deportivo en el que México recibirá más de cinco millones de visitantes adicionales.
De no respetar la resolución, afirma Uber, la corporación federal podría ser sancionada, tal y como establece el artículo 262 de la Ley de Amparo, que a la letra dice:
Artículo 262. Se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, a la persona servidora pública que con el carácter de autoridad responsable o vinculada al cumplimiento en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión: [...] III. No obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra.
Asimismo, la plataforma de movilidad reafirmó su disposición al diálogo con las autoridades federales para la modernización de la legislación vigente, que permita la integración de las plataformas al ecosistema de movilidad en los aeropuertos, impulsando la libre competencia y el derecho a elegir.
Por su parte, el Grupo Aeroportuario Marina dijo que reubicará la bolsa de taxis de la Terminal 2, derivado de la construcción de un nuevo estacionamiento en esa zona y la presentación de los nuevos módulos de punto de venta que serán instalados como parte de la remodelación.















