

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó la validez del acuerdo emitido por la Secretaría de Educación Pública (SEP) que modifica los criterios de evaluación y acreditación en la educación básica, tanto en escuelas públicas como privadas, con el objetivo de reducir la reprobación escolar.
La resolución deriva de un amparo promovido por el Colegio El Roble, una institución privada que buscaba conservar la facultad de reprobar a estudiantes que no cumplieran con determinados requisitos académicos. Sin embargo, la Corte avaló las disposiciones establecidas por la autoridad educativa.
El Acuerdo 10/09/23 contempla la promoción automática para los alumnos de preescolar y primer grado de primaria, sin que las asistencias o calificaciones sean un factor determinante para avanzar al siguiente nivel escolar.

En los grados posteriores, la normativa introduce criterios más flexibles para la acreditación. Entre ellos, elimina la obligación de contar con al menos 80 % de asistencia y permite que los estudiantes accedan a mecanismos de regularización cuando no aprueben las materias.
Limitaciones del fallo de Suprema Corte
La medida no implica que todos los alumnos sean promovidos automáticamente en los niveles superiores de educación, sino que busca ofrecer alternativas para favorecer la continuidad de las trayectorias escolares. Estas disposiciones son aplicables tanto en instituciones educativas públicas como privadas.
¿Qué estudiantes pueden reprobar?
La resolución avalada por la SCJN aplica tanto para escuelas públicas como para instituciones privadas incorporadas a la SEP. Entre los principales cambios destaca la eliminación del requisito de asistencia mínima del 80% como condición para acreditar el ciclo escolar, por lo que las inasistencias ya no generan una reprobación automática.
La normativa establece que los planteles educativos deben brindar acompañamiento académico, mecanismos de apoyo y oportunidades de regularización a los estudiantes con dificultades de aprendizaje. Sin embargo, esto no implica que la reprobación desaparezca por completo, ya que aún puede presentarse en determinados casos.
En educación preescolar no se asignan calificaciones numéricas; la evaluación se basa en observaciones y recomendaciones pedagógicas. Por ello, los alumnos avanzan al siguiente grado al concluir el ciclo escolar.
Una situación similar ocurre en primer grado de primaria, donde los estudiantes acreditan el año únicamente por haberlo cursado, sin posibilidad de reprobar o repetir el grado.
A partir de segundo y hasta sexto de primaria, los alumnos sí pueden no acreditar determinadas asignaturas. Para aprobar el grado se requiere alcanzar un promedio mínimo de 6 en los campos formativos evaluados.
¿Cómo se aprueba en México?
Podrán avanzar al siguiente año escolar aun cuando tengan hasta cuatro asignaturas pendientes, siempre que participen en los procesos de regularización correspondientes. Si acumulan cinco o más materias no acreditadas, deberán repetir el grado.
En secundaria se mantiene el sistema de calificaciones numéricas del 5 al 10, siendo 6 la nota mínima aprobatoria.
Los docentes podrán implementar distintas estrategias de regularización, como exámenes extraordinarios, cursos de recuperación, asesorías especializadas o la elaboración de proyectos durante el siguiente ciclo escolar, para que la comunidad educativa avance.















