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Cuando una persona fallece, sus bienes se reparten entre los herederos. Sin embargo, esto puede modificarse dependiendo de si el causante, es decir quien murió, dejó o no un testamento.

La Ley de Sucesiones de Argentina, establecida en el Código Civil y Comercial de la Nación, establece que cuando una persona no dejó un testamento en el que se designan a los receptores del patrimonio, se realiza una Sucesión Intestada.

En estos casos, aquellos bienes que eran propiedad de la persona que falleció, independientemente de su condición, son otorgados a los herederos considerados como legítimos.

Ley de Sucesiones: quiénes cobran la herencia cuando no hay un testamento

Cuando no existe un testamento o no es válido, se realiza una sucesión intestada, a cargo de un juez.

Para estas situaciones, la ley establece que quienes tienen derecho a recibir los bienes correspondientes a la herencia son los llamados legalmente “herederos legítimos”.

En efecto, quienes tienen el derecho absoluto a recibir los bienes son los descendientes del causante, los ascendientes, el cónyuge y los parientes colaterales.

En el caso de los hijos del causante, heredan por partes iguales, lo cual significa que los bienes tendrán que dividirse de la misma manera según la cantidad de hijos.

Imagen ilustrativo.Shutterstock

Ahora bien, el reparto de los bienes no se aplica de la misma manera para todos ya que los parientes colaterales (hermanos, sobrinos y tíos) heredan únicamente cuando no hay descendientes, ascendientes o un cónyuge.

Cuánto hereda el cónyuge

La Ley de Sucesiones establece que, si heredan los descendientes, el cónyuge tiene en la herencia la misma parte que un hijo.

No obstante, el Código Civil y Comercial de la Nación indica que “no hereda parte alguna en la división de bienes gananciales, que son los bienes de ambos cónyuges”, de modo tal que se queda con su mitad de los gananciales y no hereda nada de la otra mitad de gananciales.