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Muchas personas creen que redactar un testamento es suficiente para garantizar que sus bienes serán distribuidos exactamente como desean tras su fallecimiento.

Sin embargo, la legislación vigente en Argentina establece una serie de requisitos que deben cumplirse para que ese documento tenga plena validez jurídica.

En determinados casos, un testamento puede ser declarado nulo, dejando sin efecto la voluntad expresada por el testador y cuando esto ocurre, la distribución del patrimonio ya no se realiza según lo escrito en el documento.

Cuándo un testamento es declarado nulo

Aunque una persona haya dejado por escrito cómo quiere distribuir su patrimonio, el Código Civil y Comercial de la Nación contempla distintos escenarios en los que el testamento puede perder validez legal.

Entre las principales causas de nulidad se encuentran:

  • Violar una prohibición establecida por la ley.
  • Presentar defectos de forma en su confección o otorgamiento.
  • Haber sido realizado por una persona privada de razón al momento de testar. En estos casos, quien impugna el documento deberá probar esa situación.
  • Haber sido otorgado por una persona declarada incapaz judicialmente.
  • Haber sido realizado por una persona con limitaciones para comunicarse oralmente que además no sabe leer ni escribir, salvo que el acto se haya efectuado mediante escritura pública y con la participación de un intérprete.
  • Haberse otorgado bajo error, dolo o violencia, es decir, cuando existió engaño, manipulación o presión sobre el testador.

Qué pasa con los bienes

Cuando un testamento es declarado nulo, las disposiciones allí contenidas dejan de producir efectos jurídicos.

Cuando un testamento es declarado nulo, se pierde todo tipo de validez.

En consecuencia, los bienes del fallecido no se distribuyen según su voluntad expresada en ese documento, sino conforme al régimen sucesorio previsto por la ley argentina.

Esto significa que la herencia será adjudicada a los herederos que correspondan según el orden sucesorio establecido en el Código Civil y Comercial, respetando los derechos reconocidos a cada categoría de familiares.

¿Qué es la porción legítima de una herencia?

La legislación argentina protege a determinados herederos mediante la denominada porción legítima, una parte de la herencia que no puede ser eliminada ni reducida por decisión del testador.

Esto significa que una persona no puede disponer libremente de todo su patrimonio si tiene herederos forzosos.

Las porciones protegidas por ley son las siguientes:

  • Descendientes (hijos, nietos): tienen derecho a 2/3 de la herencia. El testador solo puede disponer libremente del tercio restante.
  • Ascendientes (padres, abuelos): cuentan con una legítima equivalente a 1/2 de la herencia.
  • Cónyuge sobreviviente: también posee una porción legítima de 1/2 del patrimonio.