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Cuando una persona fallece sin haber dejado testamento, se inicia un procedimiento sucesorio que distribuye su patrimonio conforme a lo estipulado en el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina.
Este proceso, denominado sucesión intestada, tiene como objetivo salvaguardar los derechos de los herederos y prevenir conflictos legales, a través de un sistema de asignación de bienes a los parientes más cercanos.

Herencia: ¿qué tipos de sucesión existen?
La sucesión puede llevarse a cabo de dos maneras:
- Sucesión testamentaria: ocurre cuando la persona fallecida dejó un testamento válido en el que expresó claramente su voluntad sobre cómo repartir sus bienes. En él puede designar herederos y legatarios libremente, aunque siempre se debe respetar la porción legítima que por ley corresponde a los herederos forzosos.
- Sucesión intestada: se da cuando no existe testamento, cuando el testamento es declarado nulo o cuando no cubre la totalidad de los bienes del fallecido. En estos casos, es la ley la que determina el orden de los herederos y establece cómo se distribuyen los bienes.
¿Cuál es el orden de llamamiento hereditario en la sucesión intestada?
La sucesión intestada se aplica en virtud del artículo 2340 del Código Civil y Comercial cuando no existe testamento o este no abarca la totalidad de los bienes. La legislación establece un orden de llamamiento hereditario que prioriza a ciertos parientes:
- Descendientes (hijos, nietos): tienen prioridad absoluta y excluyen a los demás.
- Ascendientes (padres, abuelos): heredan solo si no hay descendientes.
- Cónyuge: hereda junto con descendientes o ascendientes, según el caso.
- Colaterales (hermanos, sobrinos): solo heredan si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge.
- El Estado: si no hay herederos, el patrimonio pasa al Estado.

Cómo se regulan los derechos sucesorios del cónyuge en la herencia
El cónyuge posee derechos sucesorios que dependen de la presencia de otros herederos. En el caso de que existan descendientes, este hereda una porción equivalente a la de un hijo; sin embargo, no recibe nada de la mitad de los bienes gananciales del difunto.
En situaciones donde hay ascendientes, el cónyuge recibe la mitad de la herencia. Si no hay descendientes y ascendientes, el cónyuge hereda la totalidad. Adicionalmente, se presentan casos especiales.
¿Qué ocurre si no hay herederos?
Si no existen herederos ni legatarios, se considera la herencia como vacante. En tal caso, el juez dispone que los bienes sean entregados al Estado.
Si alguien reclama derechos hereditarios en un momento posterior, deberá presentar una solicitud de herencia y aceptar los bienes en su estado actual.
Sucesión intestada: deudas y derechos de los herederos
Cuando una persona fallece sin testamento, los herederos deben presentar la documentación necesaria para iniciar el procedimiento sucesorio.
Este proceso puede ser extenso y complejo, especialmente si existen disputas entre los parientes sobre la distribución de los bienes.
El proceso de sucesión intestada puede incluir la intervención de un juez, quien supervisa la distribución de bienes y asegura que se respeten los derechos de los herederos. Esto evita conflictos familiares.
Además, los herederos pueden renunciar a la herencia, lo que implica que no recibirán bienes ni deudas. Esta decisión debe ser formalizada ante un notario para tener validez legal.













