

Este domingo se desarrollan las elecciones en la Ciudad de Buenos Aires. Hoy, los porteños elegirán a los nuevos representantes de la Legislatura local, cuyo resultado podría tener un fuerte impacto de cara a los comicios nacionales de octubre.
Poco antes de las 13, el Instituto de Gestión Electoral informó que ya había votado más del 20% del padrón. Sin embargo, muchos argentinos aún no ejercieron su derecho y se preguntan hasta qué hora está permitido sufragar.
Por ese motivo, vale resaltar que los colegios electorales podrán recibir nuevos votantes hasta las 18, horario en el que se oficializará el cierre de las urnas para dar comienzo al conteo.
No obstante, como suele ocurrir, quienes se encuentren en las filas para votar podrán esperar su turno para hacerlo fuera del horario establecido.
Elecciones 2025: cuándo termina la veda electoral
Desde las 21, se producirá el fin de la veda electoral. Hasta ese entonces, a los candidatos se les prohíbe realizar todo tipo de declaraciones de propaganda política.
Lo mismo para los funcionarios o comunicadores sociales, a la vez que tampoco pueden difundirse encuestas y sondeos preelectorales.

Qué no se puede hacer en el período de veda electoral
- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
- Vender bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo).
- Realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que se refieran al acto electoral.
- Portar armas.
- Portar banderas, distintivos o insignias partidarias.
Qué pasa si no se cumple la veda electoral
- Multas económicas de entre $ 10.000 y $ 100.000.
- Penas de prisión de 15 días a 6 meses para quienes comercialicen bebidas alcohólicas durante el periodo prohibido.
- Hasta 15 días de prisión para personas que porten armas o exhiban insignias partidarias el día de la votación.
Elecciones 2025: de cuánto es la multa si no voy a votar
Según establece el Código Nacional Electoral, los electores que no vayan a sufragar podrán recibir una sanción económica.
"Se impondrá multa de cincuenta pesos a quinientos pesos al elector mayor de dieciocho años y menor de 70 años de edad que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta días de la respectiva elección", precisa el artículo 125.
Además, el monto a abonar depende de la cantidad de inasistencias. Incluso, después del plazo de 60 días hábiles, el votante pasará a formar parte del Registro de Infractores al Deber de Votar.













