El Ministerio de Educación de la ciudad de Buenos Aires aprobó una nueva reglamentación para que, en un contexto de posible cierre de una institución educativa, los alumnos matriculados tengan garantizado un proceso ordenado para su salida y obtención de nuevas vacantes.
Las escuelas privadas padecen una profunda crisis producto de dos motivos: el descenso de la tasa de natalidad reflejado en la baja matriculación de las escuelas y la situación económica, que potenció la morosidad pospandemia.
Esto generó que muchos establecimientos privados cerraran o se fusionaran para afrontar la crisis. En algunos casos, sin la posibilidad de reubicar a los alumnos y, por ende, dejando a la deriva al alumno de poder conseguir una vacante en otro lugar. Por este motivo se creó una nueva norma para garantizar un proceso ordenado a las familias afectadas y que no los tome por sorpresa.
¿En qué consiste la nueva reglamentación?
El Ministerio de Educación reglamentó el procedimiento obligatorio y supervisado que deben seguir los establecimientos que estén en este contexto de posible cierre de cursos, cierre de niveles o cierre del colegio completo.
Según la norma publicada en el Boletín Oficial de CABA el 22 de enero, los establecimientos deberán notificar por medio de un informe un riesgo de continuidad a la Dirección General de Educación de Gestión Privada. Esto deberá ser con tiempo de antelación suficiente (5 meses antes) para que el organismo planifique el proceso.
En el mismo, se detallará el cronograma a seguir dejando en claro la información, tanto para las familias, el personal docente y los estudiantes. Todo esto en pos de que los alumnos finalicen sus ciclos anuales de la manera correcta y puedan cambiarse a instituciones cercanas.
Este informe deberá incluir: motivos del cierre del curso, nivel o colegio y la documentación que lo justifique; la nómina actualizada de la matrícula y del personal docente; y una declaración jurada en el que se compromete al resguardo de la documentación oficial “y a la entrega garantizada, completa y en tiempo oportuno”.
Todo lo presentado será evaluado por la Dirección General de Educación de Gestión Privada, que contará con diez días hábiles para evaluar toda la documentación. Por último, la institución deberá comunicarse con las familias afectadas y garantizar canales accesibles de consultas como, por ejemplo, reuniones para dar detalles del proceso.
Cabe destacar que las autoridades de la institución deben presentar el trámite de cancelación ante la Dirección General de Educación de Gestión Privada, como fecha límite, el 31 de julio del año lectivo anterior al cierre. De esta manera se evitarán los cierres abruptos con avisos a principio o fin de año.
Según el Boletín oficial porteño, estas pautas “tienen por finalidad regular el procedimiento de tramitación de las solicitudes de cancelación de instituciones educativas de gestión privada, así como también prever acciones de carácter preventivo y de acompañamiento institucional previo”.