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Desde este lunes 14 de abril, el Gobierno eliminó el cepo cambiario y las restricciones que existían con respecto a la compra en dólares de manera oficial. Sin embargo, todavía siguen vigentes ciertos impuestos en determinados consumos.

ElBanco Central de la República Argentina (BCRA)publicó la normativa que establece mayores facilidades para operar con la moneda extranjera, en el marco de la denominada Fase 3 del programa económico iniciado en diciembre de 2023.

A partir de esta decisión del Ejecutivo, las personas podrán comprar dólares para ahorro sin límites de monto mensual, ni requisitos como haber obtenido un subsidio o ayuda del Gobierno durante la pandemia.

No obstante, hay ciertos gastos que mantendrán los impuestos. ¿Cuáles y cómo evitar pagarlos?

Compras en dólares: cuáles son los impuestos que seguirán vigentes


De acuerdo al comunicado oficial, ya no se aplicarán impuestos para la compra de dólares en el Mercado Libre de Cambios (MCL). Sin embargo, sí seguirán vigentes en las transacciones que se realicen con tarjeta.

Si hacés compras en dólares con tarjeta de crédito y abonás el consumo en pesos, estos gastos mantendrán una percepción impositiva del 30%.

Lo mismo ocurrirá para las compras en el exterior con tarjeta de débito en pesos, ya sea pasajes, alojamiento, etc.

Fin del cepo: uno por uno, los cambios que se aplican a la compra en dólares


El Banco Central, junto con el ministro de Economía, Luis Caputo, anunciaron las medidas que regirán a partir de este lunes 14 de abril para la compra de la divisa estadounidense:

  • Eliminación del tope mensual: se elimina el límite de u$s 200 por mes para la compra de dólares en bancos o casas de cambio.
  • Acceso ampliado: cualquier persona con capacidad económica podrá comprar dólares a través de canales digitales, sin restricciones previas. Ya no rige la prohibición para beneficiarios de subsidios, asistentes a programas sociales o empleados públicos.
  • Restricción para operaciones en efectivo: para la compra de dólares en efectivo por ventanilla, se mantiene un límite de u$s 100 por mes calendario. Además, será necesario firmar una declaración jurada que acredite el cumplimiento de ese tope en todo el sistema bancario.
  • Fin de las restricciones cruzadas: se eliminan las trabas que impedían operar en el mercado oficial (MULC) si se había comprado dólar MEP o contado con liquidación (CCL) en los 90 días anteriores.
  • Percepción impositiva: se elimina la percepción de impuestos sobre la compra de moneda extranjera, salvo en dos casos específicos.
  • Fin del "parking" obligatorio: se elimina el plazo mínimo de tenencia de valores negociables establecido por la Comisión Nacional de Valores (CNV), facilitando las operaciones de compra-venta de títulos.