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Las empleadas del hogar sumaron derechos importantes con la publicación de una nueva normativa en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar.

El Real Decreto 893/2024, el Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, da cumplimiento al Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, que fue ratificado por España y exigía una normativa específica de prevención de riesgos laborales para estas trabajadoras.

Aumento de sueldo para las empleadas del hogar 2025

Desde el 1 de enero de 2025, el SMI se ha establecido en 1184 euros brutos mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 1381,33 euros brutos mensuales en 12 pagas.

El valor mínimo legal por hora de trabajo se fija en 9,26 euros brutos, incluyendo vacaciones, festivos y pagas extra prorrateadas. Esto significa que una empleada del hogar que trabaje de forma esporádica o por horas no podrá percibir menos de esta cantidad por cada hora de servicio prestado.

Este incremento salarial viene acompañado por mayores niveles de fiscalización y control laboral, orientados a garantizar que las empleadas estén dadas de alta en la Seguridad Social desde el primer minuto de trabajo.

Aún no se ha confirmado un aumento específico para las empleadas del hogar en 2026, ya que la cifra oficial dependerá de la variación del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para ese año. Sin embargo, se espera que el SMI aumente, lo que repercutirá en sus sueldos.

Los nuevos derechos de las empleadas del hogar

Con la nueva norma, se amplían los derechos laborales del colectivo históricamente discriminado, compuesto en más de un 90% por mujeres.

Entre estos nuevos derechos, están:

  • El acceso a reconocimientos médicos gratuitos
  • La obligación de que los empleadores tengan que realizar una evaluación de riesgos laborales.
  • Un punto importante es que las trabajadoras podrán interrumpir de inmediato su actividad laboral y abandonar el domicilio en caso estén expuestas a un "riesgo grave e inminente".

¿Cómo funciona este derecho?

En el artículo 6 del decreto se indica que el empleador estará obligado a "informar lo antes posible" a la trabajadora cuando "estén o puedan estar expuestas a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo".

Además, la norma detalla: "en caso de peligro grave, inminente e inevitable", las trabajadoras podrán "interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el domicilio

Empleadas del hogar: cuántas accedieron a la prestación por desempleo

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha informado el martes que ya son "13.000 mujeres" en España las que tienen reconocida la prestación pública por desempleo.

Lo dijo al responder a la senadora de EH Bildu Idurre Bideguren, que denunció ante la Cámara Alta que las empleadas del hogar "tengan que recurrir a los tribunales para que se les reconozca su derecho a cobrar la prestación por desempleo por todo el tiempo trabajado".

Sin embargo, Díaz ha dicho que son "exactamente siete" las sentencias que se han dictado sobre esta materia, algunas del Tribunal Superior de Justicia de Euskadi y otras de Galicia y de Madrid. Sin embargo, para Díaz "es una cuestión de interpretación de la norma".

Así lo ha manifestado en respuesta a una pregunta de la senadora sobre si el Gobierno está estudiando tomar alguna medida que evite que las empleadas del hogar tengan que recurrir a los tribunales para que se les reconozca su derecho a cobrar la prestación por desempleo por todo el tiempo trabajado.