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La Dirección General de Tributos, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha despejado una duda muy común entre los padres: añadir a sus hijos como cotitulares en la cuenta bancaria no se considera una donación a efectos fiscales.

Según indica el organismo, esto cuenta como una autorización a operar o acceder a los fondos, sin que eso implique que el dinero pase a ser considerado suyo. Esta aclaración es clave en familias donde los padres, por razones de edad o salud, necesitan que los hijos gestionen sus finanzas sin afectar sus obligaciones tributarias.

La Dirección General de Tributos asegura que, aunque sean varios titulares, la propiedad real del dinero sigue siendo de quien lo ingresó y no se debe declarar nada al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones mientras no exista una transmisión real de la propiedad.

Para la Dirección General de Tributos, la cotitularidad de una cuenta bancaria no se considera una donación a efectos fiscales. (Fuente: Archivo)
Para la Dirección General de Tributos, la cotitularidad de una cuenta bancaria no se considera una donación a efectos fiscales. (Fuente: Archivo)

¿Qué significa ser cotitular de una cuenta?

La resolución, fechada el 8 de abril de 2025, aclara que la cotitularidad no crea copropiedad. Es decir, aunque un hijo figure como cotitular, no es dueño del dinero, solo tiene permisos para gestionarlo con autorización.

¿Qué sucede si el titular de la cuenta fallece?

Otro punto crucial aclarado por Hacienda es qué ocurre con esos fondos cuando fallece el titular original. En ese caso, el dinero no pasa directamente al cotitular, sino que forma parte de la herencia y se reparte según lo estipulado en testamento o por la ley en caso de ausencia de testamento.

Por tanto, un hijo no adquiere automáticamente el dinero, pese a aparecer como cotitular. Debe esperar cuando menos hasta que se aplique la ley de sucesión correspondiente.

Aunque un hijo figure como titular, no es dueño del dinero, simplemente puede usarlo. (Fuente: Shutterstock)
Aunque un hijo figure como titular, no es dueño del dinero, simplemente puede usarlo. (Fuente: Shutterstock)

Cuándo sí puede considerarse una donación

Hacienda advierte que existen situaciones en las que la cotitularidad podría interpretarse como una donación encubierta.

Esto sucede si el hijo usa el dinero en su propio beneficio sin devolverlo ni justificarlo. En ese caso, la Agencia Tributaria podría exigir el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, además de sanciones que van del 50% al 150% de la cantidad no declarada.

Ejemplo: si un hijo realiza gastos elevados con fondos aportados por los padres sin contrato que lo respalde, Hacienda puede considerarlo como una donación real.

Cómo evitar problemas fiscales

Para no tener complicaciones con Hacienda, expertos recomiendan:

  • Documentar la titularidad real del dinero.

  • Usar contratos que indiquen que el hijo solo es autorizado o cotitular, pero no propietario.

  • Declarar los intereses generados en la cuenta en la Renta del verdadero titular del dinero.

  • En caso de transferir grandes cantidades, formalizar y declarar una donación legal para evitar sanciones.