Las personas con enfermedades incapacitantes pueden acceder a una pensión por discapacidad si cumplen ciertos criterios establecidos por la Seguridad Social. Aunque no existe una lista oficial, hay numerosas patologías que suelen ser reconocidas por los tribunales médicos como causantes de incapacidad permanente.

Este tipo de prestación está pensada para compensar la pérdida de ingresos de quienes no pueden desempeñar su actividad laboral habitual. El acceso dependerá del grado de incapacidad que se reconozca en cada caso, tras la evaluación por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)

Las limitaciones funcionales visibles son valoradas por el Tribunal Médico para determinar el grado de incapacidad y el tipo de prestación.
Las limitaciones funcionales visibles son valoradas por el Tribunal Médico para determinar el grado de incapacidad y el tipo de prestación.Fuente: ShutterstockShutterstock

Cuáles son los tipos de incapacidad reconocidos por la Seguridad Social

El INSS clasifica la incapacidad permanente en cuatro grados, según el impacto de la enfermedad o lesión sobre la capacidad laboral del solicitante:

  • Incapacidad parcial: permite seguir trabajando con limitaciones funcionales.
  • Incapacidad total: inhabilita para ejercer la profesión habitual, aunque puede compatibilizarse con otros empleos.
  • Incapacidad absoluta: impide desempeñar cualquier tipo de actividad laboral.
  • Gran invalidez: implica la necesidad de asistencia permanente de otra persona para las tareas básicas del día a día.

La evaluación médica corresponde al Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), también conocido como Tribunal Médico. Este organismo aplica los criterios del Real Decreto 1300/1995 para valorar el grado de afectación.

Enfermedades que pueden dar derecho a una pensión por discapacidad

Aunque no existe un listado oficial por parte del INSS, diversos despachos especializados han recopilado enfermedades que con frecuencia son reconocidas como justificantes de incapacidad. Entre ellas destacan:

  • Agorafobia
  • Alzheimer
  • Artritis Reumatoide
  • Artrosis cervical
  • Cáncer
  • Cardiopatía isquémica
  • Diabetes
  • Epilepsia
  • Esclerosis múltiple
  • EPOC
  • Lupus
  • Fibromialgia
  • Párkinson
  • Esquizofrenia
  • Trastorno bipolar
  • Lesión medular
  • Hernia discal
  • Lumbalgia crónica
  • Síndrome de Tourette
  • Stargardt
  • Narcolepsia

La existencia de alguna de estas enfermedades no garantiza por sí sola el acceso a la pensión. Será necesario demostrar que los efectos limitan o impiden la capacidad de trabajo, y que el solicitante cumple los requisitos legales establecidos.

Los casos de gran invalidez requieren asistencia continua y pueden dar derecho a pensiones con complementos por necesidad de ayuda externa.
Los casos de gran invalidez requieren asistencia continua y pueden dar derecho a pensiones con complementos por necesidad de ayuda externa.

Cómo solicitar la pensión por incapacidad permanente

Para tramitar esta prestación, el interesado debe estar dado de alta en la Seguridad Social o encontrarse en situación asimilada. También se exige haber cotizado un tiempo mínimo, especialmente en los casos de enfermedad común. En situaciones derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, este requisito puede ser más flexible.

La solicitud debe acompañarse de informes médicos actualizados, historial laboral y cualquier otro documento que respalde la imposibilidad de trabajar. Tras la presentación, se inicia un proceso de evaluación por parte del Tribunal Médico, que será el encargado de determinar el grado de incapacidad y el acceso a la pensión correspondiente.