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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recuerda que para acceder a la prestación contributiva por desempleo, es necesario haber cotizado al menos 360 días por desempleo en los seis años anteriores a la fecha en que se produjo la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar.

No obstante, para quienes no han alcanzado esta cotización y todavía se encuentran en situación de paro, ofrece un subsidio específico. Este es el subsidio por cotización insuficiente, una ayuda que también exige cumplir ciertos requisitos de cotización, además de otras condiciones básicas, como el nivel de rentas o la existencia de responsabilidades familiares.

De cuánto es la nueva cuantía del subsidio por cotización insuficiente

Para acceder al subsidio por cotización insuficiente, es importante haber cotizado entre 90 y 359 días. La duración máxima de esta ayuda varía en función de varios factores, como el número de días cotizados a la Seguridad Social y la existencia o no de responsabilidades familiares.

En base a estos criterios, la duración máxima del subsidio se distribuye de la siguiente manera:

Periodo mínimo de ocupación cotizadaAcreditación de responsabilidades familiaresDuración máxima del subsidio
90 díasNo3 meses
120 díasNo4 meses
150 díasNo5 meses
180 díasNo6 meses
21 meses

El importe del subsidio por cotización insuficiente en 2025 es equivalente al 95% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) durante los primeros seis meses de percepción, lo que supone una cuantía de 570 euros al mes.

Durante los primeros seis meses, el subsidio por cotización insuficiente asciende al 90% del IPREM vigente, lo que representa un importe mensual de 540 euros. A partir del séptimo mes, la cuantía se reduce al 80% del IPREM, quedando en 480 euros mensuales.

Requisitos del subsidio por cotización insuficiente

Para tener derecho a cobrar el subsidio por cotización insuficiente, el SEPE recuerda los requisitos que deben cumplir los ciudadanos:

  • Estar en situación de desempleo o trabajando a tiempo parcial.
  • Haber trabajado un mínimo de 90 días.
  • No haber cotizado lo suficiente para tener derecho a cobrar una prestación contributiva por desempleo.
  • Suscribir el acuerdo de actividad.
  • Cumplir con los requisitos de carencia de rentas.
  • Estar inscrito como demandante de empleo y mantener la inscripción durante todo el periodo de percepción del subsidio.

"Si has accedido al subsidio acreditando seis o más meses cotizados sin responsabilidades familiares, podrás solicitar su ampliación si acreditas que las tienes en el improrrogable plazo de los doce meses siguientes a la fecha de la situación legal de desempleo, en cuyo caso, desde la fecha de la solicitud se te ampliará la duración del derecho hasta 21 meses, con independencia de que el primer derecho reconocido ya estuviera agotado", informan desde el SEPE.