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Cambio en la pensión de incapacidad temporal: confirman que se seguirá cobrando más allá de los 730 días

La Seguridad Social aclara la continuidad del subsidio en casos prolongados de incapacidad temporal.

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La incapacidad temporal (IT) es una prestación económica que protege a los trabajadores durante períodos en los que, debido a enfermedad o accidente, no pueden desempeñar su actividad laboral. Tradicionalmente, esta prestación tiene una duración máxima de 365 días, con la posibilidad de una prórroga de 180 días adicionales, sumando un total de 545 días. 

Sin embargo, en situaciones excepcionales, este período puede extenderse hasta los 730 días. Recientemente, la Seguridad Social ha emitido un criterio que confirma la continuidad del pago de la IT más allá de este límite en determinados casos.

El Criterio de Gestión 26/2023, emitido por la Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica de la Seguridad Social, establece que, en ausencia de una resolución sobre la incapacidad permanente del trabajador, las mutuas colaboradoras son responsables de continuar abonando el subsidio por IT incluso después de los 730 días. 

Cambio en la pensión de incapacidad temporal: confirman que se seguirá cobrando más allá de los 730 días. (Imagen: archivo)

Este criterio surge para aclarar las responsabilidades en situaciones donde la calificación de la incapacidad permanente se demora, garantizando así la protección económica del trabajador afectado.

Responsabilidad de las mutuas colaboradoras

Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social juegan un papel crucial en la gestión y pago de las prestaciones por IT. Según el mencionado criterio, estas entidades deben mantener el abono del subsidio más allá de los 730 días cuando no exista una resolución definitiva sobre la incapacidad permanente del trabajador

Esto implica que, en casos de demora en la calificación, las mutuas continúan siendo responsables del pago, asegurando que el trabajador no quede desprotegido económicamente durante este período.

Es importante destacar que esta responsabilidad de las mutuas no tiene una limitación temporal específica más allá de los 730 días, siempre que persista la situación de IT y no haya una resolución sobre la incapacidad permanente. Esto garantiza que el trabajador siga recibiendo el subsidio hasta que se determine su situación laboral y de salud de manera definitiva.

Procedimiento en casos de demora en la calificación

Cuando un trabajador alcanza los 545 días de IT, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) evalúa su situación para determinar si procede el alta médica, una prórroga extraordinaria o el inicio de un expediente de incapacidad permanente. En casos donde se considera que la recuperación es previsible en un período corto, el INSS puede otorgar una prórroga de hasta 180 días adicionales, totalizando los 730 días.

Si al finalizar este período no se ha emitido una resolución sobre la incapacidad permanente, y el trabajador continúa en situación de IT, las mutuas deben seguir abonando el subsidio correspondiente. Este procedimiento asegura que el trabajador no quede en una situación de desamparo económico mientras se resuelve su situación laboral y médica.

 Cambio en la pensión de incapacidad temporal: confirman que se seguirá cobrando más allá de los 730 días. (Imagen: archivo)

Implicaciones para trabajadores y empresas

Para los trabajadores, este criterio proporciona una mayor seguridad económica en casos de enfermedades o accidentes de larga duración, garantizando la continuidad del subsidio por IT hasta que se defina su situación de incapacidad permanente o se produzca su recuperación. Esto es especialmente relevante en patologías complejas que requieren tratamientos prolongados y donde la recuperación no es inmediata.

Por otro lado, las empresas deben estar al tanto de este criterio, ya que implica que sus empleados pueden continuar en situación de IT más allá de los 730 días con el correspondiente subsidio. Es fundamental que las organizaciones mantengan una comunicación fluida con las mutuas y el INSS para gestionar adecuadamente estos casos y garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social.

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