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En España, el derecho a la privacidad de los inquilinos está salvaguardado tanto por la Constitución como por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Al formalizar el contrato, la vivienda se considera el domicilio del arrendatario, lo que asegura su inviolabilidad y protege su derecho a la intimidad.

En este sentido, los propietarios no tienen la facultad de acceder al inmueble arrendado de manera indiscriminada, incluso si poseen una copia de las llaves. Esta regulación tiene como objetivo resguardar la privacidad del inquilino y prevenir intrusiones no deseadas.

Sin embargo, hay situaciones específicas en las que un arrendador puede entrar en el inmueble, siempre que se adhiera a las normativas legales y respete los derechos del inquilino.

Derechos de los inquilinos: marco legal y normativas actuales

El artículo 18 de la Constitución Española consagra la inviolabilidad del domicilio, estableciendo que ninguna entrada o registro puede realizarse sin el consentimiento del titular o una resolución judicial, salvo en casos de flagrante delito. Este principio se extiende a las viviendas alquiladas, garantizando así el derecho del inquilino a disfrutar de su hogar sin la intromisión injustificada del propietario.

Además, el Código Civil, en su artículo 433, aclara que, al arrendar una vivienda, el propietario pierde la posesión legítima, reforzando la protección del inquilino. Por otro lado, la LAU regula las obligaciones de arrendadores y arrendatarios, aunque no detalla explícitamente las circunstancias que permiten al propietario acceder a la vivienda. Esta ambigüedad implica que las condiciones de acceso deben ser definidas en el contrato de arrendamiento.

¿En qué situaciones puede acceder el casero a un piso alquilado?

Según informó el portal inmobiliario Habitaclia, el acceso del propietario a un inmueble alquilado está generalmente restringido sin el consentimiento del inquilino, aunque existen excepciones bajo condiciones estrictas.

Una de las formas más comunes de regular este acceso es a través de cláusulas específicas en el contrato de arrendamiento, que deben respetar la privacidad del inquilino y no ser abusivas. Además, el propietario puede entrar en la vivienda para realizar inspecciones o trabajos de mantenimiento urgentes, siempre que informe al inquilino con antelación razonable, salvo en situaciones donde la urgencia lo impida.

En casos de emergencias graves, como incendios o inundaciones, el propietario tiene derecho a acceder al inmueble sin previo aviso para proteger la seguridad de las personas y la integridad del edificio.

Asimismo, al finalizar el contrato de alquiler, el casero puede mostrar la vivienda a posibles compradores o nuevos inquilinos, pero siempre con el consentimiento del inquilino. Si el contrato se resuelve por incumplimiento y el inquilino no desaloja, el propietario debe seguir los procedimientos legales correspondientes para recuperar la propiedad, evitando el allanamiento.