

Ante el fallecimiento de un ser querido, una de las cuestiones que debe atenderse es el reparto de la herencia. Conocer cómo se establece el reparto muchas veces desemboca en conflictos familiares que pueden incrementarse aún más cuando aparecen hijos nacidos de una relación extramatrimonial.
Es fundamental aclarar que en la legislación española actual, no se hacen distinciones en los derechos hereditarios entre hijos legítimos, ilegítimos o extramatrimoniales. Esto significa que, siempre y cuando los hijos sean reconocidos por su progenitor,no importa si nacieron dentro o fuera de una unión matrimonial o de pareja; sus derechos hereditarios son los mismos.

Herencia de un hijo concebido fuera de matrimonio
En una herencia, todos los hijos tienen los mismos derechos hereditarios, independientemente de si son matrimoniales o extramatrimoniales. Por tanto, a la hora de redactar el testamento, el testador debe respetar las condiciones legítimas establecidas en el Código Civil.
En cuanto a la sucesión intestada, es decir, cuando el causante fallece sin testamento, igualmente en el momento de instar el Acta de Declaración de Herederos, el notario declarará herederos por partes iguales a todos los hijos, incluso al que fue concebido por otra relación.
¿Qué ocurre cuando el hijo no está reconocido?
En ciertas situaciones, los hijos nacidos fuera del matrimonio pueden no ser reconocidos oficialmente. Algunas personas pueden no conocer la identidad de su padre biológico, y en otros casos, incluso si conocen la identidad, es posible que no tengan documentos que lo confirmen. ¿Cómo se manejan estas circunstancias? En tales casos, el enfoque legal es distinto.

En este escenario, el padre tiene la opción de reconocer a un hijo nacido fuera de su matrimonio o relación de pareja en su testamento. De este modo, el hijo recibirá el mismo trato que los demás hijos en lo que respecta a la herencia.
Sin embargo, si el padre fallece sin haber reconocido al hijo ni incluirlo en el testamento, el hijo tiene la posibilidad de iniciar un proceso judicial conocido como procedimiento de filiación o de paternidad. En este proceso, la autoridad judicial determinará oficialmente la relación de parentesco entre el hijo y el fallecido.












