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La ley de Bienestar Animal publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha entrado en vigor desde septiembre de 2023 en España. Esta normativa establece una serie de prohibiciones y obligaciones que deberán ser cumplidas por los propietarios de mascotas domésticas para evitar posibles sanciones.
Entre estas disposiciones se incluye la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para perros, con el propósito de cubrir los daños que pudieran ocasionar a terceros, así como las regulaciones sobre su paseo y los collares que ya no estarán permitidos.
Pasear a tu mascota sin multas
La nueva normativa 7/2023, del 28 de marzo, establece que los perros o gatos deberán ser conducidos siempre mediante una correa al pasear en espacios públicos, salvo en lugares específicamente designados para su uso, como los parques caninos.
La ley prohíbe la permanencia de animales sueltos o en circunstancias que puedan ocasionar perjuicios en espacios tanto públicos como privados “a las personas, al ganado o al medio natural”.
En relación con este aspecto, la Dirección General de Tránsito (DGT) impone sanciones que oscilan entre 90 euros y 300 euros a aquellos que circulen con mascotas sin el uso de collares.
Prohibiciones legales hacia los animales
En el artículo 27 de la ley mencionada se prohíben las siguientes conductas hacia los animales de compañía, silvestres o en cautividad:
- Maltratarlos o agredirlos físicamente, así como someterlos a un trato negligente o a cualquier práctica que les cause sufrimientos, daños físicos o psicológicos, o que pueda ocasionar su muerte.
- Usar métodos y herramientas invasivas que generen daños y sufrimientos a los animales, sin menoscabo de los tratamientos veterinarios realizados por profesionales.
- Abandonarlos intencionadamente en espacios cerrados o abiertos, especialmente en el medio natural, donde pueden causar daños.
- Someterlos a trabajos inadecuados o excesivos en cuanto a tiempo o intensidad, en relación con las características y estado de salud de los animales.
Collares prohibidos para mascotas: cuáles evitar y por qué
Los sistemas de sujeción permitidos incluyen arneses o collares, siendo el arnés la opción más recomendable, dado que sujeta al animal por el pecho y previene posibles lesiones en la región cervical.
Respecto a la segunda opción, se clasifican dos tipos de collares: el estándar, que debe ajustarse con moderación al perro y los eléctricos o de castigo. Este último dispositivo resultará prohibido por la ley de Bienestar Animal como medida de protección contra el maltrato.
Asimismo, la norma estipula que no se permitirá “utilizar cualquier artilugio, mecanismo o utensilio destinado a limitar o impedir su movilidad en un punto fijo, salvo por prescripción veterinaria que contemple su bienestar”.