

En 2023 los españoles tendrán que acudir a las urnas en hasta tres ocasiones, pues se llevarán a cabo las elecciones municipales, autonómicas y generales. Concretamente, el próximo domingo 28 de mayo, cientos de miles de ciudadanos elegirán a su presidente o presidenta y a los políticos que se sentarán en las bancas de sus Asambleas Legislativas.
Las comunidades autónomas en las que se celebrarán elecciones son Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Comunidad de Madrid, Navarra, La Rioja y Región de Murcia. Son las conocidas, junto a Castilla y León, como comunidades no históricas, y su autogobierno está reconocido en el artículo 143 de la Constitución, según explica el Ministerio del Interior.

Por este motivo y tal como ocurre en todas las elecciones, se necesita formar las mesas electorales, lo cual implica que algunos ciudadanos participarán por primera vez en este proceso, mientras que otros ya tienen experiencia.
Cualquier persona con derecho a voto puede ser elegida para formar parte de una mesa electoral, ya que los miembros son seleccionados por sorteo. Para las elecciones del 28 de mayo, el sorteo se llevará a cabo entre el 29 de abril y el 3 de mayo, y después de eso, los seleccionados tendrán tres días para confirmar su participación como presidente, vocal o suplente, y recibir el manual necesario para desempeñar sus funciones.

Elecciones 2023: ¿cuánto pagan por estar en una mesa electoral?
- 70 euros por jornada
- 70 euros por jornada
El Gobierno ha anunciado el monto de la remuneración que recibirán los integrantes de la mesa electoral en las próximas elecciones de mayo. Tanto el presidente como los dos vocales recibirán una suma de 70 euros por jornada, lo que significa un aumento con respecto a los 65 euros que se pagaron en las elecciones de 2019.
Según el documento publicado en el Boletín Oficial del Estado(BOE) por el Ministerio del Interior, hasta el año 2019 las remuneraciones de los miembros de la mesa electoral se actualizaban en función de los aumentos salariales de los empleados públicos. Sin embargo, el artículo 28 de la ley electoral establece que la cuantía de las dietas se regula por orden ministerial. En este caso, se ha fijado en 70 euros por jornada, tanto si solo hay un proceso electoral (como las elecciones municipales) como si hay varios, como ocurre en algunas comunidades autónomas en las elecciones del 28 de mayo.












