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La Agencia Tributaria ha levantado la bandera del control fiscal para adaptarse a la creciente digitalización de los pagos en España. De cara a 2026, se implementará una medida que obligará a los bancos y emisores de tarjetas a informar sobre determinadas operaciones.

Esta iniciativa se enmarca dentro de la estrategia del Gobierno para combatir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales mediante un seguimiento más riguroso del dinero que circula electrónicamente. Así, las entidades deberán suministrar información detallada sobre préstamos, créditos, movimientos de efectivo y cuentas bancarias o no bancarias.

El Real Decreto 253/2025, aprobado recientemente, pone el foco en la transparencia y aplica nuevas obligaciones a bancos y entidades de dinero electrónico. Bajo esta normativa, cualquier persona que acumule más de 25.000 euros anuales en gastos con tarjeta verá cómo sus operaciones pasan a formar parte de la información reportada directamente a Hacienda.

Cuál es el límite obligatorio que impone Hacienda para los pagos con tarjeta
Cuál es el límite obligatorio que impone Hacienda para los pagos con tarjeta

Cuál es el límite obligatorio que impone Hacienda

El límite de 25.000 euros se convierte en la línea que separa las operaciones rutinarias del control más exhaustivo por parte de la Agencia Tributaria. A partir de esa cifra, los bancos y compañías emisoras de dinero electrónico tendrán que entregar información detallada sobre los titulares de las cuentas y sus movimientos.

Este umbral incluye tanto compras como retiradas de efectivo, y es aplicable de forma individual por tarjeta, aunque el titular tenga varias. El informe anual que presentarán las entidades deberá detallar:

  • La identificación del titular (persona o empresa) de las cuentas.
  • Saldos a 31 de diciembre.
  • Saldo medio del último trimestre del año.
  • El número de transacciones realizadas.
  • El importe total movido durante el año.

Además, se actualiza el artículo 38, que regula los préstamos, créditos y movimientos de efectivo. Los bancos estarán obligados a informar cuando existan saldos superiores a 6000 euros a 31 de diciembre o cuando las imposiciones, disposiciones de fondos o cobros de documentos superen los 3000 euros.

Cómo afecta el control de los pagos con tarjeta en los contribuyentes
Cómo afecta el control de los pagos con tarjeta en los contribuyentes

Cómo afecta esta medida en los contribuyentes

Uno de los puntos más relevantes de la nueva normativa es el artículo 38 ter, que obliga a las entidades a presentar una declaración informativa anual sobre todas las transacciones realizadas con tarjetas que superen los 25.000 euros.

Los bancos deberán detallar el titular de la tarjeta, el tipo de tarjeta y los ingresos totales efectuados, incluyendo las recargas en efectivo. El objetivo, según la Agencia Tributaria, es “mejorar la trazabilidad del dinero y reducir las operaciones opacas vinculadas al fraude o al blanqueo”.

Las modificaciones del Real Decreto 253/2025 entrarán en vigor el 1 de enero de 2026, aplicándose por primera vez a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2026.