

Los conductores deben saber que el impuesto de circulación es obligatorio para todos los vehículos matriculados, con algunas excepciones. Este impuesto representa uno de los gastos fijos asociados a la propiedad de un coche.
Aunque pocos conductores lo tengan en cuenta, es fundamental conocer los detalles sobre cuándo y dónde pagarlo, así como las circunstancias en las que no es necesario abonar esta tasa. Es importante informarse sobre las consecuencias de no pagar el impuesto y quién se encarga de su abono en el caso de vehículos de segunda mano.
El impuesto de circulación, también conocido como el "numerito", es un gasto fijo que deben afrontar los propietarios de vehículos en España. Este tributo se destina a financiar las infraestructuras y servicios relacionados con la movilidad y su cuantía varía en función de la potencia del vehículo y del municipio donde esté registrado.

Además de este impuesto, los propietarios de coches deben considerar otros gastos asociados, como el seguro del vehículo y el mantenimiento. Es fundamental estar al tanto de estas obligaciones para evitar sorpresas económicas.
Todo lo que necesitas saber sobre el impuesto de circulación
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), comúnmente conocido como impuesto de circulación, es un tributo que grava la propiedad de vehículos matriculados aptos para circular por la vía pública. Este impuesto fue instaurado en España en enero de 1990, reemplazando al antiguo Impuesto Municipal sobre Circulación de Vehículos y su recaudación está a cargo de los ayuntamientos de manera anual.
Existen diversas preguntas frecuentes sobre este impuesto, como quiénes son los responsables de su pago, cuándo se debe abonar, cómo consultar su estado y cuál es su costo.
Impuesto de circulación: ¿qué vehículos deben pagarlo?
Todos los vehículos matriculados, independientemente de su tipo, deben pagar el impuesto de circulación, incluyendo aquellos con permisos temporales o matrículas turísticas. Sin embargo, existen excepciones a esta obligación.

Están exentos del pago los vehículos oficiales, los de representantes diplomáticos, los de servicio sanitario, los destinados a personas con movilidad reducida (con un grado de discapacidad igual o superior al 33%), los vehículos de transporte público urbano con más de nueve plazas y la maquinaria que cuente con una Cartilla de Inspección Agrícola.
Cuáles son las fechas clave para el pago del impuesto de circulación
El impuesto de circulación se genera el 1 de enero de cada año o en el momento de la compra de un vehículo. Este tributo se abona anualmente, generalmente entre el 1 de abril y el 30 de junio y su vigencia abarca desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.














