Laola de calor en España impacta todos los aspectos de la vida cotidiana. Si bien a la mayoría de los conductores esto puede afectarles poco, en tanto la unidad del aire acondicionado de su coche funcione correctamente, eso no quita que la diferencia de temperatura del exterior y del vehículo no se sienta como un golpe.
Los días de altas temperaturas se pueden sobrellevar de diferentes maneras. Sin embargo, una de ellas puede resultar en una multa de la Dirección General de Tráfico (DGT), ya que podría significar una distracción a la hora de conducir un vehículo.
Cuál es la multa que la DGT puede hacer en los días de calor
Beber agua es una de las formas más comunes de hacerle frente al calor intenso del verano. Y, si bien tomar líquidos o comer mientras se conduce no está contemplado de forma directa en las leyes de tráfico, estas acciones pueden ser penadas debido a otros factores relacionados con la atención en la carretera, al volante y a la libertad de movimientos.
Según indica el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación, "el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos".
Esta norma puede ser interpretada como que el conductor es punible de sanción por comer o beber mientras conduce su coche en la carretera. Sin embargo, la penalización también podría incluir otras acciones, como cambiar la estación de radio mientras el coche está en movimiento o encender un cigarrillo.
Cuál sería la multa que puede poner la DGT
Ateniéndose a lo que indica el Reglamento General de Circulación, esta se podría considerar como una infracción menor. Por lo tanto, la multa sería de 80 euros y no tendría quita de puntos en el carnet de conducir.
Es importante recordar que este tipo de sanciones pueden gozar un descuento del 50% si el infractor las paga de manera adelantada.