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Adiós pasaporte español: el Gobierno se lo quitará a los extranjeros que no cumplan con este requisito MÁXIMO

Existen situaciones que pueden llevar a la cancelación del pasaporte español y la pérdida de la nacionalidad. ¿Cuáles son?

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Solicitar la nacionalidad española es un proceso que requiere cumplir con una serie de requisitos, entre ellos, la residencia continuada en el país. Sin embargo, una de las dudas más comunes entre los solicitantes es si pueden viajar fuera de España sin que esto afecte su expediente. La respuesta depende del tiempo de ausencia y del tipo de residencia que posean.

El Código Civil establece plazos mínimos de residencia legal antes de solicitar la nacionalidad, que varían según el origen del solicitante. Mientras que para la mayoría se exige un periodo de diez años, en ciertos casos específicos, como el matrimonio con un español o el nacimiento en España de descendientes de españoles, basta con un año. 

No obstante, incluso después de presentar la solicitud, la residencia continuada sigue siendo un requisito clave para evitar inconvenientes o demoras en el proceso.

Si bien no hay una prohibición expresa para viajar, la normativa de extranjería establece un límite de tiempo que los extranjeros pueden permanecer fuera del país sin perder su estatus de residente. Si se excede ese límite, se podría generar una irregularidad sobrevenida, lo que afectaría no solo la nacionalidad en trámite, sino también la tarjeta de residencia.

Adiós pasaporte español: el Gobierno se lo quitará a los extranjeros que no cumplan con este requisito MÁXIMO. Fuente: Archivo

¿Cuánto tiempo se puede estar fuera de España sin afectar el trámite?

De acuerdo con el Real Decreto 240/2007 y la normativa vigente, la cantidad de tiempo que se puede estar fuera de España sin afectar la residencia depende del tipo de tarjeta de residencia que tenga el solicitante:

Régimen general de extranjería

Para quienes tienen una Tarjeta de Larga Duración o Larga Duración-UE, el tiempo máximo fuera de la Unión Europea es de un año de forma continuada.

Régimen comunitario

  • Tarjetas de Residencia de Familiar de Comunitario Iniciales: hasta seis meses en un año.
  • En casos excepcionales (por trabajo, enfermedad, estudios o gestación), se permite hasta doce meses consecutivos.
  • Tarjeta Comunitaria Permanente: el límite es de dos años fuera de España.

Si un solicitante de nacionalidad española supera estos plazos sin justificación, podría perder su residencia legal y, con ello, afectar el proceso de nacionalidad. Aunque el Ministerio de Justicia ha indicado que la irregularidad sobrevenida no debería influir en la resolución del expediente, lo ideal es evitarla.

¿Cómo conservar la nacionalidad española si vives en el extranjero?

No solo los extranjeros en proceso de nacionalidad deben cuidar su tiempo fuera de España, sino también aquellos que ya la han obtenido. Existen situaciones en las que un ciudadano español puede perder su nacionalidad si reside en el extranjero por un largo período o adquiere otra nacionalidad.

Según el artículo 24 del Código Civil, pierden la nacionalidad española aquellos que:

  1. Adquieren voluntariamente otra nacionalidad y residen en el extranjero por más de tres años, salvo que declaren ante el Registro Civil su deseo de conservarla.

  2. Residen en el extranjero y solo utilizan su nacionalidad de origen durante tres años, sin manifestar su deseo de mantener la española.

  3. Nacieron en el extranjero de padres españoles también nacidos en el extranjero, y no declaran su voluntad de conservar la nacionalidad antes de los 21 años.

Para evitar la pérdida de la nacionalidad, quienes se encuentren en alguna de estas situaciones deben presentar ante el Registro Civil Consular una solicitud de conservación dentro del plazo establecido. No obstante, si la nacionalidad adquirida es la de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, no se pierde la nacionalidad española.

Paso a paso para solicitar la conservación de la nacionalidad española

Si resides en el extranjero y necesitas conservar tu nacionalidad, sigue estos pasos:

  1. Redacta un escrito dirigido al Encargado del Registro Civil del Consulado manifestando tu deseo de conservar la nacionalidad.
  2. Presenta una copia de tu DNI o pasaporte español.
  3. Adjunta una copia del documento de identidad del país de residencia.
  4. Aporta una certificación literal de nacimiento original.
  5. Si has adquirido otra nacionalidad, incluye un Certificat de Nationalité expedido recientemente.
  6. Entrega fotocopias del libro de familia español y un justificante de residencia.

La documentación se puede enviar por correo electrónico, correo postal o entregarse personalmente en el Consulado correspondiente.

Adiós pasaporte español: el Gobierno se lo quitará a los extranjeros que no cumplan con este requisito MÁXIMO. Fuente: Archivo
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