Luego de la Unidad de Información Financiera (UIF) adecuará la normativa, el Gobierno trabaja en los proyectos de ley para blindar a los contribuyentes que saquen los dólares del colchón ante un posible cambio de gestión en 2027 y con ello, en el Régimen Simplificado de Ganancias.
El documento al que pudo acceder El Cronista contiene modificaciones al Régimen Penal Tributario, al de Procedimiento, al Código Civil y Comercio, pero también revela la letra chica del Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Ante la consulta de este medio a fuentes oficiales del Ministerio de Economía no descartaron el documento. "Es una versión vieja, trabajando en la nueva aún", aseguraron. Pese a que en Casa Rosada hicieron correr la versión de que esta semana se enviarían a la Cámara de Diputados.
En esa versión se estipulaba que podría adherir al RSG, las personas humanas y sucesiones indivisas, residentes en el país que tengan ingresos totales (gravados, exentos y/o no gravados por el impuesto a las ganancias) de hasta $ 1000 millones.

A la par de un patrimonio total, entendiendo como tal a la sumatoria de los bienes en el país y en el exterior (gravados, exentos y/o no gravados por el impuesto sobre los bienes personales) de hasta $ 1000 millones. Y no se encuentren identificados como "grandes contribuyentes nacionales" por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
"El proyecto no establece como condición que solamente se obtengan ganancias de fuente argentina como lo hace el Decreto 353/2025 que implementó el régimen simplificado hoy vigente", aseguró el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez. Y que solamente se hace referencia a declaración jurada simplificada.
"Se entiende que, vía reglamentación, se eliminará la obligación de informar patrimonio al inicio y al final de periodo como también el monto consumido", marcó por lo que lo único que se debería declarar son los ingresos, gastos, deducciones, retenciones y percepciones.
Aunque con una aclaración que alertó a los tributaristas por los peligros que podría suponer. "El organismo recaudador podrá establecer nuevos requisitos adicionales a los previstos precedentemente", marcaron en el artículo 37 del borrador.
"Lo que la ARCA pueda fijar condiciones adicionales es un grave error. Justamente cuando se pidiendo quitarle facultades sancionatorias al fisco nacional este proyecto le da más poder", sostuvo el contador Marcos Felice, para quien debería eliminarse en la versión final.
Pago del impuesto
La particularidad de este Régimen, para Domínguez, es que el organismo recaudador va a elaborar una propuesta de declaración jurada del impuesto a las Ganancias. "El contribuyente deberá aceptarla y abonar el saldo resultante dentro de los plazos previstos, consolidando el efecto libertario que otorga", aseguró.
Aunque, según pudo saber este medio con altas fuentes de la ARCA, los contribuyentes tendrán la posibilidad la imputar el monto que arroje el sistema, pero luego deberá presentar las razones por las que no está de acuerdo.

"Una vez que el sujeto (...) efectivice su pago en término, de corresponder, se considerará satisfecha la obligación del Impuesto a las Ganancias del período fiscal en cuestión tanto desde el punto de vista formal como material, lo que implica que el contribuyente gozará del efecto liberatorio del pago con relación a ese tributo y período fiscal", establecieron.
Salvo que, con posterioridad, el fisco nacional verifique la omisión de ingresos o el cómputo de una deducción improcedente y/o la utilización de facturas u otros documentos que resultaren apócrifos. "Es decir que la liberación no aplica en casos de fraude o maniobras ilegales", comentó Domínguez.
Exclusión del Régimen
En esta versión borrador se planteaba que la ARCA cuente con el poder de excluir a aquellos contribuyentes que se adhirieron al RSG y no cumplían con las condiciones. "Quedando facultado para ejercer las tareas de verificación y/o fiscalización respecto de los períodos no prescriptos, determinar de oficio la materia imponible, practicar la liquidación de las diferencias que pudieren corresponder y aplicar, en su caso, las sanciones pertinentes", estipularon.














