

La Cámara en lo Penal Económico confirmó que las operaciones de contado con liquidación, que les permiten a los ahorristas e inversores escapar del cepo cambiario, no son delito, como sostiene el Gobierno desde hace años en un intento por detener o desacelerar la fuga de divisas.
La Sala B de esa cámara consideró, mediante un fallo unánime de sus tres integrantes, que aplicarle el régimen penal cambiario a ese tipo de operaciones financieras viola el principio de legalidad establecido en el artículo 18 de la Constitución nacional.
Según informó hoy La Nación, el fallo se firmó el miércoles pero recién trascendió anoche. Esta decisión es un revés para el Gobierno, que anticipó que lo apelará ante la Cámara de Casación Penal, según indicó el matutino, porque considera que su denuncia contra el banco BBVA Francés es un ‘caso testigo‘ de una operatoria sistémica delictual que permitió la fuga de miles de millones de dólares durante los últimos años.
Desde Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) sostuvieron que “el llamado ‘contado con liqui’ es una maniobra lícita en principio y si se trata de una operación aislada, individual; pero cuando resulta parte de un patrón conductual, sistemático y sostenido en el tiempo, se trata de un abuso, un fraude a la ley”.
Sin embargo, la Sala B consideró que las operaciones bajo sospecha no pueden considerarse delito mediante “una interpretación extensiva y una aplicación analógica” de las leyes penales vigentes.













