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La aplicación de la reforma laboral que había entrado en un paréntesis por el efecto de una medida cautelar presentada por la CGT tuvo hoy un nuevo capítulo ya que la Cámara que entiende en el caso decidió, con voto mayoritario, otorgarle efecto suspensivo al recurso planteado por el gobierno nacional.
En la resolución, a la que accedió El Cronista se modifica la resolución del 7 de abril de 2026 que había dejado sin efecto a más de 80 artículos de la norma sancionada en enero.
Tal como pedía el Gobierno nacional se otorgó “efecto suspensivo al recurso de apelación del Estado contra la resolución que admitió la medida cautelar solicitada por la Confederación General del Trabajo”.
La primera reacción fue de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, en un comunicado oficial escueto y firmado con la sigla VLLC, es decir “Viva la Libertad, Carajo”.
Minutos después, la Procuración también dio a conocer su posición respecto del expediente y de la cautelar que había otorgado el juez Raul Ojeda.
En el comunicado informan que la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo reestableció l”a vigencia de todos los artículos que habían sido suspendidos en un acto de suma gravedad institucional“.
Además señalan que la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo en esta materia “está siendo fuertemente cuestionada por el gobierno y desde el primer momento fue planteada una inhibitoria para que la causa tramite en el fuero Contencioso Administrativo Federal”.
“El Gobierno Nacional ha trabajado incansablemente, adoptando todas las medidas legales e institucionales necesarias, para garantizar la implementación de una reforma que atravesó el debido proceso de debate, sanción y promulgación, y que tiene por objetivo terminar con un sistema arcaico, de más de 50 años, que fracasó y dejó a millones de argentinos en la informalidad”, añadieron.
El Fallo
Se trata de una resolución breve, de no más de dos páginas que lleva las firmas de María González y de Victor Pesino que no resuelve el planteo de fondo sobre la norma, pero que le otorga al gobierno aquello que necesitaba: que la ley esté aplicable hasta el momento en el que se resuelva judicialmente la cuestión de fondo. Eso podría suceder, en un plazo indeterminado, en la Corte Suprema de Justicia.
Para los magistrados no se encuentran configurados los supuestos necesarios en la medida cautelar que suspendió la vigencia “de una gran cantidad de artículos de una ley del Congreso”.
El laberinto judicial
Mas allá de lo sucedido hoy, como si se tratara de un cuento kafkiano, o tal vez borgeano, la Reforma Laboral tan celebrada por el Gobierno comenzó a atravesar un laberinto judicial del que tardará en salir, sin resultado seguro.
El caso ya cargaba con el amparo que prácticamente la dejaba sin efecto hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Entendidos en la materia consultados por El Cronista subrayan que, mientras algo quede firme, muchos jueces laborales están dictando inconstitucionalidades de hecho y aplican las normativas derogadas o modificadas.
Muchas veces se trata de causas con varios años en las que, a la hora de realizar un cálculo indemnizatorio, rechazan lo sancionado por el Congreso y se basan en la antigua Ley de Contrato de Trabajo.
Pero más allá de esos casos puntuales, hay grandes expedientes en trámite: la Confederación General del Trabajo (CGT) consiguió el amparo que suspendía la aplicación de más de 80 artículos pero que hoy quedó caído; mientras que el sindicato de Judiciales logró una cautelar para evitar el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires que aún está firme. Es allí donde se darán las principales batallas judiciales.
Respecto del traspaso del fuero, la mayoría de los juristas lo rechaza y es probable que la iniciativa del Gobierno sufra un duro traspié en ese sentido. La Asociación de Magistrados ya había anunciado que se presentaría para conseguir su inconstitucionalidad. Por ahora, mientras no se resuelva el “fondo”, todo traspaso está congelado.
A los ojos de la Casa Rosada, el principal foco estaba en la resolución adoptada por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, Raúl Ojeda, quien dictó la cautelar que puso en pausa el grueso de la ley.
Sobre ese expediente hay muchas opciones a tener en cuenta. La primera es la competencia de los fueros: el Contencioso Administrativo quiso, tal como pide el Gobierno, hacerse del caso y desplazar al fuero laboral.
El jueves por la tarde, en duros términos, Ojeda rechazó los argumentos del Contencioso, acusándolo de querer una medida “genérica” e incluso “falaz”.
Esa resolución quedó en manos de la Cámara del Trabajo, que difícilmente falle en contra de su fuero y envíe el expediente al Contencioso, aunque todo puede pasar.
El Gobierno, a través de su representación, solicitó mientras tanto a la Corte Suprema un per saltum para dirimir la cuestión.
Expertos en Derecho consultados por este diario sostienen que el máximo tribunal deberá resolver el fondo de este tema en algún momento, pero aclaran que han sido muy raras las ocasiones en las que hizo lugar al “salto” de instancias.
Entre las más recordadas está la disputa en torno a la constitucionalidad de la Ley de Medios durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.
Si la Corte rechaza el per saltum, el expediente seguirá su camino, lento o rápido, por los tribunales.
La Casa Rosada mientras tanto, consiguió hoy un triunfo momentáneo. Ahora los apurados estarían del otro lado del mostrador y serían los sindicatos quienes pedirían acelerar.
Como hay cautelares y derechos en juego, el tránsito hacia la Corte podría ser más o menos lento, pero no tanto como en cualquier otra disputa.
Tendría que haber un fallo en primera instancia y uno de la Cámara antes de que el expediente llegue a las manos de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz.
Fuentes judiciales consultadas no están tan seguras de que el máximo tribunal esté dispuesto a dejarle el tema al Contencioso, pero sí creen que puede tomarse su tiempo para dictaminar.
En ese sentido, señalan que el decreto 70/23 llegó a ese ámbito pocos meses después de haber sido dictado y que los jueces supremos aún no se han expedido.
“Son los tiempos de la Justicia, y de los jueces”, aclara un conocedor del tema.