El vocero presidencial, Manuel Adorni, hizo esta mañana una importante aclaración para los jubilados sobre la nueva fórmula de movilidad jubilatoria y su fecha de aplicación.
Tras publicarse el DNU en el Boletín Oficial, el funcionario aclaró en conferencia de prensa que en abril ya empezará a regir el ajuste por inflación, y no desde junio, como señala el documento.
"El cambio de fórmula jubilatoria será desde abril, desde ese momento los jubilados van a cobrar aumentos mensuales por Índice de Precios al Consumidor (IPC)", indicó.
"En abril vamos a estar aplicando el índice de inflación febrero, a lo que se va a adicionar el 12,5% de recomposición. Además, de esto también surgió alguna duda, se aplicará el bono de $ 70.000 (a quienes corresponda)", agregó.
Según Adorni, "esto da una recomposición de 62% de ajuste en lo que va del año".

La importante aclaración del Gobierno a los jubilados
El artículo 1° de la norma que lleva la firma de Javier Milei y todo su Gabinete explica que "los haberes se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)".
La aclaración del vocero precidencial viene a raíz de que el artículo 2 del decreto dice que "la primera actualización en base a la movilidad dispuesta en el artículo 1° del presente se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024".
Al respecto, Adorni explicó que "en julio, por cuestión de empalme entre las dos fórmulas, empieza a regir a pleno esta nueva fórmula y termina de corregir por la fórmula anterior".
"Se habla de julio porque ahí se empieza a aplicar a pleno la fórmula nueva", corrigió el vocero presidencial.
Jubilados ANSES: ¿cuánto cobro los próximos meses y cómo calcularlo?
Dado que la nueva fórmula por inflación comenzará a correr recién en julio, los jubilados y pensionados de la ANSES recibirán en abril un 12,5% extra en forma de "recomposición" más "adelantos de la movilidad".
Estos adelantos se cobrarán tanto en mayo como en junio y seránajustables por IPC y a cuenta del aumento de junio 2024 -a cobrarse en julio-, mes en el que las jubilaciones aún se actualizarán por la antigua fórmula.
Así, una vez conocido el porcentaje de aumento a jubilados correspondiente al segundo trimestre, "se descontarán los puntos porcentuales de los incrementos acumulados que la persona beneficiaria hubiera percibido" en abril y mayo (a cobrarse en mayo y junio).
Sin embargo, en caso de que el porcentaje de esta diferencia a descontar en junio supere el aumento para jubilados calculado según la inflación para el mismo mes, "no se descontará la diferencia, la que se considerará incorporada al haber". Caso contrario, "si fueran menores a dicho aumento, se abonará la diferencia resultante".

En resumen, la fórmula jubilatoria aplicará los siguientes cálculos en los meses próximos:
- Abril: aumento extra del 12,5% más adelanto a cuenta del aumento de junio (que se aplicará en base a la fórmula anterior) en línea con el último dato del IPC (13,2% a febrero);
- Mayo: adelanto a cuenta del aumento de junio (que se aplicará en base a la fórmula anterior) para empatar el último dato del IPC;
- Junio: aumento trimestral en base a la anterior fórmula jubilatoria menos los adelantos de los meses previos. En caso de que el porcentaje de estos adelantos a descontar supere el último dato de inflación, no se descontará la diferencia.
Como ejemplo, si en junio se aplica un aumento trimestral del 25% en base a la fórmula anterior, se deberán descontar los adelantos que se pagaron en mayo y junio (por abril y mayo) para alinear el pago de dichos meses a la inflación.
Suponiendo que dichos adelantos alcanzaran un 12 y un 10% en abril y mayo respectivamente, entonces al aumento de junio se le deberá descontar un 22% en total. Sin embargo, si este porcentaje a descontar superase el último dato de inflación -supongamos que el IPC alcanza el 9% en mayo- la diferencia (13%) se considerará "incorporada al haber".
Caso contrario, si el porcentaje de los adelantos sumados (22% por ejemplo) fueran menores al último dato del IPC disponible a junio 2024 (supongamos un 16%), "se abonará la diferencia resultante", es decir, un 6% en este ejemplo.













