

El Gobierno firmó un veto parcial a la nueva ley de financiamiento de las campañas políticas, la norma que regulará las donaciones a los candidatos participantes de las próximas elecciones presidenciales.
La corrección, aunque de tipo técnico, elimina una de las restricciones que fijó la iniciativa aprobada en mayo último, en materia de aportantes.
Se trata puntualmente del inciso "i" del artículo 5, que indicaba que los partidos tenían prohibido aceptar aportes o donaciones de aquellos imputados "en un proceso penal en trámite por cualquiera de las conductas previstas en la ley penal tributaria vigente o que sean sujetos demandados de un proceso en trámite ante el Tribunal Fiscal de la Nación por reclamo de deuda impositiva".
El Gobierno consideró que la segunda parte del inciso -la referida a quienes estén litigando ante el Tribunal Fiscal- "no es técnicamente correcta" y por eso decidió avanzar en el veto.

El párrafo vetado por el Decreto 388/2019.
"El Tribunal Fiscal de la Nación es una instancia administrativa ante la cual los contribuyentes pueden recurrir la intimación de la AFIPal pago de sanciones o tributos, por lo que no hay 'sujetos demandados' ante dicho tribunal sino que, por el contrario, ante él ejercen las personas humanas y jurídicas un derecho que se les otorga frente a los posibles
incumplimientos de la administración", señala el Decreto 388/2019, publicado este viernes en el Boletín Oficial, a través del que se formalizó la decisión.
El inciso se refiere, entonces, "a una situación que en los hechos no existe", continúa la norma, ya que en ese caso los contribuyentes "no son sujetos demandados", sino que están haciendo uso de un derecho que tienen ante un potencial incumplimiento del organismo recaudador.
Y añade: "No resulta razonable una reglamentación que lisa y llanamente prohíba los aportes a cualquier persona humana o jurídica que tome o haya tomado la decisión de impugnar una pretensión de la AFIP, menos aún si ello se limita a una determinada vía recursiva y no a otras que también otorga la normativa procesal tributaria".
El párrafo vetado ya había sido cuestionado durante el trámite parlamentario pero el Gobierno no quiso dilatar más un debate que consumió toda la primera parte del año por la negociación del articulado con el justicialismo y la Coalición Cívica, que siempre rechazó la habilitación de los aportes empresarios.
El decreto aclara que "la medida que se propone no altera el espíritu ni la unidad" de la iniciativa, por lo que decide "promulgar y tener por Ley de la Nación el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 27.504".
Qué dice la ley
La norma, que fue aprobada en mayo pasado, regirá para las elecciones nacionales de este año y dispone:
- Restablece el financiamiento mixto de los partidos políticos y de las campañas.
- Establece un tope máximo a los aportes de las personas humanas y físicas del 2%.
- Bancarización total y absoluta de los aportes.
- Incluye la posibilidad de devolución de donaciones.
- Se incrementa el aporte para la impresión de boletas. Se lleva de 1.5 a 2.5 la impresión de boletas por persona.














