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El Gobierno amplió los incentivos del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) para que las PyMEs puedan acceder a beneficios fiscales si invierten en equipos y tecnología destinados a reducir su consumo de energía.
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que realicen inversiones vinculadas con eficiencia energética en determinados equipos durante los primeros dos años de vigencia del régimen podrán acceder a la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y a la devolución de créditos fiscales del IVA.
La medida fue establecida mediante la Resolución 311/2026 de la Secretaría de Energía. La normativa no establece un monto mínimo de inversión.
Qué equipos entran
El listado elaborado por la Secretaría de Energía abarca componentes utilizados en plantas y establecimientos productivos como motores eléctricos, variadores de velocidad, compresores de aire, ventiladores, bombas, calderas, quemadores e intercambiadores de calor.
También contempla equipos de frío y climatización, como chillers y bombas de calor; sistemas de medición de energía; analizadores de redes; instrumentos para medir caudal, presión y temperatura; equipos de automatización y control; materiales para aislamiento térmico de instalaciones industriales; sistemas de cogeneración y luminarias LED para uso industrial.
Para algunos de los componentes, como los motores eléctricos, polifásicos, y compresores industriales, el beneficio aplica solo para una clase de eficiencia IE3 o superior.
Entre los equipos térmicos incluidos aparecen calderas de vapor y de agua sobrecalentada con un rendimiento certificado de al menos 88%, calderas para calefacción central y agua caliente de proceso con un rendimiento mínimo de 92%, además de quemadores, economizadores, recuperadores de calor e intercambiadores.
Para los sistemas de frío, el listado incorpora grupos de refrigeración de agua, bombas de calor y acondicionadores de aire con tecnología inverter. En este último caso se exige una clase de eficiencia energética A o superior y el cumplimiento de los estándares mínimos vigentes.
Cómo acceder al beneficio
Para que una inversión sea alcanzada por el régimen, el bien debe cumplir simultáneamente con la posición arancelaria correspondiente y con las condiciones técnicas mínimas establecidas.
La acreditación de los requisitos técnicos se realizará mediante una declaración jurada técnica. Para proyectos que no estén incluidos expresamente en el listado —por ejemplo, iniciativas de recuperación de calor o de reingeniería de procesos— se podrá presentar un informe elaborado por un profesional idóneo que demuestre una reducción cuantificada del consumo energético.
Además, los servicios vinculados con la inversión, como ingeniería, instalación, puesta en marcha y capacitación, podrán computarse como parte del proyecto.
La Secretaría de Energía tendrá facultades para realizar controles y auditorías, incluida la verificación en campo de las condiciones técnicas.
Con la incorporación de estos bienes, el Gobierno busca que el RIMI no solo alcance inversiones destinadas a ampliar la capacidad productiva, sino también proyectos que permitan a las empresas bajar sus costos energéticos y mejorar la eficiencia de sus procesos.