

En un fallo que promete polémica, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad coincidió con el gobierno porteño y avaló el uso de armas eléctricas para la Policía Metropolitana, una política que impulsó el mandatario comunal, Mauricio Macri. Así se revocaron dos fallos judiciales anteriores que impidieron la utilización de las pistolas Taser X26, a raíz del amparo que presentó en 2010 el actual subsecretario de Promoción en Derechos Humanos del Gobierno Nacional, Carlos Pisoni, quien las consideró un "elemento de tortura".
A 40 días de las elecciones primarias porteñas, el kirchnerismo, principal detractor de esta medida, y un grueso arco opositor ya lanzó sus críticas anoche, desde las redes sociales, ni bien se enteraron de la decisión del TSJ. Mientras, en el Frente denominado Energía Ciudadana Organizada, la precandidata a jefa de Gobierno, Graciela Ocaña, indicó que "muchas fuerzas de seguridad las usan" y alertó que la Policía Metropolitana "debe tener la debida preparación para su uso".
Los jueces Luis Lozano, Inés Weinberg de Roca, José Osvaldo Casás y Ana María Conde coincidieron en que "nada permite inferir que las autoridades locales habrán de valerse de estas armas con modalidades desnaturalizantes". Así, el TSJ hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad que presentó el gobierno porteño en 2013. También revocó la sentencia de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso y Administrativo y rechazó la demanda.
En cambio, la magistrada Alicia Ruiz se diferenció de sus pares y avaló los argumentos de Pisoni, militante de H.I.J.O.S.: el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas recomendó "abandonar el uso de armas eléctricas Taser" por sus efectos en el estado físico y mental de las personas contra las que se utiliza.
Con el voto de la mayoría del TSJ, el gobierno porteño podrá retomar el proceso de compra de estas pistolas para la Policía Metropolitana que el amparo frenó en 2010.
En su defensa, el gobierno porteño advirtió que, para el Registro Nacional de Armas (RENAR), las pistolas "son armas de uso civil no letales" y resaltó que "no se plantean actos manifiestamente ilegítimos" en la demanda.
De las 36 páginas del fallo, la posición de Lozano, quien votó en primer término, tuvo la fundamentación más larga. El juez cuestionó la demanda de Pisoni. "No solo que el actor no denuncia haber sido sometido ilegítimamente al uso de la Taser, sino que esas armas, nadie discute, aún no han sido siquiera adquiridas", indicó.
Por su parte, Weinberg de Roca cuestionó el fallo de la Cámara que frenó la adquisición de las armas. Según la jueza, ese fallo se basó en "un pronóstico especulativo de un posible uso abusivo de las armas Taser por parte de la Policía Metropolitana, sin respaldo probatorio". Incluso, sostuvo que el "trasfondo del planteo" es una decisión "ya convalidada en nuestro orden jurídico": si corresponde o no que las fuerzas de seguridad utilicen armas.
Por último, los jueces Casás y Conde coincidieron en que recurso de amparo no es el medio adecuado "para conjurar peligros hipotéticos a los que eventualmente podrían verse sometidas "todas las personas que se encuentran en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires por un uso indebido de las armas".













