

La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, anunció importantes cambios en los montos a partir de los cuales se requerirá justificación para las operaciones financieras.
Estas modificaciones, vigentes desde junio de 2025, buscan flexibilizar las transacciones y formalizar ahorros, incentivando el uso de los "dólares bajo el colchón" como parte del "Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos".
Nuevos límites de transferencia ARCA a partir de junio 2025
ARCA supervisa y pone la lupa sobre las transferencias bancarias y digitales realizadas a través de homebanking y billeteras virtuales. Complementariamente, las entidades financieras y las plataformas de pago deben informar al organismo regulador sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes.
Los nuevos valores que rigen desde junio de 2025 para las distintas operaciones son los siguientes:
- Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.
- Extracciones en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
- Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000
- Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.
- Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
- Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
- Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
- Pagos: el límite aumenta a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.

¿Qué sucede si supera el límite y no puede justificar los fondos?
Cuando se superan los montos establecidos por la entidad, podrían activarse las alertas de ARCA, llevando a un análisis más exhaustivo por parte del fisco nacional.
Tanto los bancos como las billeteras virtuales están obligados a reportar movimientos sospechosos a la Unidad de Información Financiera (UIF). Si ARCA solicita detalles sobre una transferencia y no se puede justificar el origen de los fondos, se pueden enfrentar diversas consecuencias:
- Rechazo de transferencias.
- Congelamiento de saldos.
- Bloqueo de cuentas.
ARCA puede iniciar una intimación para declarar el origen de los fondos.
¿Cuál es la documentación requerida por ARCA para justificar fondos?
En caso de que ARCA o una entidad bancaria soliciten detalles sobre una operación, es importante contar con documentación que respalde el origen del dinero. Algunos de los documentos más comunes incluyen:
- Recibos de sueldo o facturación en caso de trabajadores autónomos.
- Declaraciones juradas de impuestos que reflejen ingresos declarados.
- Contratos de venta o cesión de bienes que respalden la transacción.
- Extractos bancarios que evidencien el flujo habitual de fondos.
- Comprobantes de haberes jubilatorios.
- Certificados de ingresos emitidos por contadores públicos.
- Boletas de compra y venta
- Constancia del monotributo.
¿Cuáles son los errores comunes que pueden generar investigaciones de ARCA?
Para evitar ser investigado por ARCA, es fundamental no cometer ciertos errores:
- Transferir montos que excedan el nuevo tope permitido sin justificación.
- Exceder el monto máximo sin contar con respaldos de ingresos previamente declarados.
- No poder justificar los fondos en cuentas bancarias o billeteras virtuales; las operaciones siempre deben estar respaldadas, incluso entre cuentas propias.
- No responder a las solicitudes de documentación del banco o billetera virtual, ya que esto puede derivar en un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la UIF.












