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Tras los anuncios para "sacar los dólares del colchón", este viernes se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 353/2025 con parte de la letra chica de la medida con la que el Gobierno pretende que la economía continue creciendo, pero se presentó una sorpresa.

Es que Decreto, que lleva la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, de Economía, Luis Caputo, y de Justicia, Mariano Cuneo Libarona establece una condición que deben cumplir los contribuyentes para poder adherirse al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias.

"Encomiéndase a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) (...) implemente en diferentes etapas y de manera gradual, para los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025, inclusive, una modalidad simplificada y opcional de declaración del Impuesto a las Ganancias de las personas humanas y sucesiones indivisas residentes", establecieron en el artículo 3.

Una modalidad deberá elaborarse tanto sobre la base de la información con la que cuente el organismo recaudador como por la que suministren oportunamente los contribuyentes, responsables y/o terceros, y que únicamente estará disponible para los contribuyentes que obtengan rentas de fuente argentina en forma exclusiva.

Una condición que deja a los contribuyentes con rentas de fuentes extranjera en otra situación frente al fisco nacional para sacar los dólares de abajo del colchón. Ya que el requisito sine qua non que marcó el Gobierno para no brindar información patrimonial (consumo y variaciones) en la declaración jurada de Ganancias es tener que adherir al nuevo Régimen.

"Lo único que hace el Régimen Simplificado no es no perseguir, sino no brindar la información patrimonial (consumo y variaciones) en la declaración juarda de Ganancia. Aunque ya la tienen en su poder por cruces entre organismos del estado, la declaración jurada de Bienes Personales", marcó el contador, Mario Goldman Rota.

Frente a la condición, el socio de Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti,marcó que los contribuyentes que obtengan rentas de fuente extranjera -en principio- van a tener que ser más cuidadosos para sacar los dólares de abajo del colchón.

"Porque esos contribuyentes si van a tener que informar que patrimonio tenían al principio del ejercicio, cuánto consumieron y cuál tienen final. Y si en esa declaración hay una inconsistencia van a sufrir las consecuencias de un aumento patrimonial no justificado", afirmó en conversación con El Cronista.

El motivo que encuentra el socio del Departamento de Impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, Martín Caranta, para la incorporación de esta condición en el Decreto es para no anular a la mínima expresión las facultades de verificación y fiscalización del fisco.

"Pongamos el ejemplo de un contribuyente que se encuentra bajo fiscalización de ARCA, no tiene presentado el patrimonio, pero ante un movimiento de fondos no vinculado con el sueldo asegura que es un préstamo de un banco. Ante ello, el fisco manda una carta a la entidad para corroborarlo", comentó. Pero en el caso de ser una transacción en el exterior, sostuvo, que la ARCA no cuenta con la posibilidad de solicitar información de manera tan directa.

Una postura con la que no coincidió el CEO de SDC Asesores Tributarios Sebastián Domínguez para quien no es un parámetro razonable excluir a los que tienen renta extranjera. "La idea es que no sea aplicable a grandes contribuyentes, pero ese no es un parámetro, porque pequeños pueden tener CEDEAR, operar con criptomonedas con montos bajos", aseguró.

Lo que falta

Y marcó que si bien el 1º de junio estaría disponible el Régimen Simplificado de Ganancias, como se anunció, además de una Resolución General de la ARCA debe haber una Ley porque si no la ARCA tiene la facultad de determinar impuestos por las rentas no declaradas.

"Con modificaciones en la Ley de Procedimiento Tributario podrían pretender una reforma en donde por declarar los ingresos y gastos en el impuesto a las Ganancias no se pueda determinar otro", afirmó.