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El gobierno nacional avanzó un paso más en la desregulación del transporte de pasajeros, orientando los esfuerzos a que exista una mayor oferta, y lo hizo a través de una modificación clave en el mundo de los seguros.
A través de la resolución 300, la Superintendencia de Seguros estableció que la cobertura de Responsabilidad Civil de vehículos de transporte de pasajeros interjurisdiccional, de “oferta libre” y de “cualquier vehículo no comprendido en la definición de servicio público” deberá comercializarse con condiciones contractuales generales y uniformes obligatorias.
Se trata de una modificación central tanto para las apps tipo Uber/Cabify/DiDi, remises tradicionales y futuros servicios de “oferta libre” que podrían competir directamente con las tradicionales de colectivo.
Cómo cambian los seguros para los conductores de Apps
La nueva norma deroga dos resoluciones clave de la década de los noventa y cambia la forma en la que trabajan miles de conductores de apps y pasajeros no sabían bajo qué reglas de seguro circulaban.
Hasta ahora, las aseguradoras no podían ofrecer pólizas con cláusulas libres o negociadas. Tienen que usar sí o sí un modelo de póliza estandarizado y obligatorio. En ese universo de vehículos que prestaban un servicio, pero no eran un colectivo, quedaban en una zona gris.
Lo que terminaba sucediendo era que las pólizas eran las del transporte y por ello muy caras y prácticamente inalcanzables para conductores de aplicaciones. Así, la mayoría trasportaba pasajeros con seguros que no estaban diseñados para esa función.
La desregulación es para el mercado de transporte (quién puede prestar el servicio y cómo), pero en materia de seguro se mantiene un estándar único y obligatorio, probablemente para garantizar un piso de cobertura a los pasajeros, evitando que aparezcan pólizas más laxas o baratas que dejen desprotegida a la gente que viaja en estos servicios “libres”.
Se trata, además, del final de las “superfranquicias”. La histórica Resolución 26.132 amparaba un esquema de franquicias obligatorias gigantescas para los colectivos tradicionales.
En la práctica, si un colectivo chocaba a un auto o lesionaba a un pasajero, la aseguradora solo pagaba si el daño superaba un monto. Por debajo de ese valor, el damnificado tenía que reclamarle directamente a la empresa de colectivos, que solía dilatar el juicio por años.
Ahora, al aplicar las condiciones generales estandarizadas de la SSN, se normalizan los límites y coberturas de responsabilidad civil. Esto dotaría de mucha mayor seguridad jurídica a los usuarios y terceros en la vía pública.
Facilidad para que arranquen los nuevos “micros desregulados”
Para que la desregulación del transporte funcione de verdad (más competencia, tarifas libres), se necesitaban nuevos oferentes.
Pero las pymes o empresas de turismo que querían hacer viajes de “oferta libre” chocaban con el problema de que conseguir un seguro para transporte interjurisdiccional bajo las viejas normas de los 90 era caro o prácticamente un oligopolio de unas pocas mutuales y aseguradoras especializadas.
Con pólizas estandarizadas y obligatorias, cualquier aseguradora del mercado de autos tradicional va a poder cotizar y vender estas coberturas ágilmente. Se destruye una barrera de entrada al negocio del transporte terrestre.
Además, el Artículo 4º de la resolución prohíbe taxativamente renovar pólizas vigentes bajo el viejo esquema de los 90 a partir de hoy.
Es decir, todas las pólizas de micros interjurisdiccionales que venzan a partir de este momento deberán migrar sí o sí al nuevo formato uniforme. Las aseguradoras tienen que readecuar su cartera contrarreloj.