La aprobación en particular de la Ley Bases, incluido el capítulo fiscal en donde el Gobierno busca ingresos por casi un punto del Producto Bruto Interno (PBI), avanza en la Cámara de Diputados. Pero en caso de tener el mismo resultado en Senadores, ¿Cuándo llegaría el aire en la caja?
En el primer trimestre del año, los informes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mostraron una merma en la recaudación, ligada, en gran parte, a la baja en la actividad que en febrero tuvo una variación negativa del 3,2%, Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
En ese contexto, donde aún no hay indicios sobre el repunte en "V" de la economía, las propuestas impositivas que incluye el proyecto le darían al presidente Javier Milei un alivio en la caja y a los fines de la meta del déficit cero en 2024.
Sobre el cual tendría un rol clave la titular de la AFIP, Florencia Misrahi quien ante una posible sanción debería llevar a cabo -algunas en un lapso ya definidas en el proyecto- las reglamentaciones sobre el tiempo y modo de cobro de cada una.
Moratoria: el primer aire
El Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social (moratoria) para aquellas vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive y por las infracciones cometidas, generaría la primera entrada de dinero.
A partir de las diferentes adhesiones y condonaciones, que tendrían un patrón descendiente, desde el 70% para quienes lo hagan dentro de los primeros 30 días, desde la reglamentación de la AFIP hasta el 20% cuando sean a partir de los 91 días.

"La AFIP reglamentará el presente régimen dentro de los quince días corridos contados a partir de su entrada en vigencia y dictarán las normas complementarias que resulten necesarias a los efectos de su aplicación", estipularon en el artículo 16 del dictamen de mayoría.
En cuanto al tiempo de acogimiento, según el artículo 2, los contribuyentes podrían hacerlo desde esa fecha hasta 150 días de corridos, inclusive. Por lo que, si se cumple con el plazo -que sea antes del 25 de mayo (tomándola como referencia)- el límite estaría a fines de octubre.
Blanqueo: la clave de la primera etapa
Por tener la alícuota más baja (5%) para los montos que superen los u$s 100.000 y ante el posible intercambio de información con Estados Unidos, la primera etapa del Régimen de Regularización de Activos que iría desde el día siguiente a la reglamentación de AFIP hasta el 30 de septiembre, para los especialistas resulta la más atractiva.
"Están dados todos los cañones para la primera etapa, del 5% al 10% hay una importante diferencia, del 100%. Y al Gobierno le conviene que sea así para que se empiece a mover la economía", afirmó el CEO de Lisicki Litvin & Asociados, César Litvin.
Pero la fecha límite tanto para la presentación de la declaración jurada (artículo 23) como el pago de la alícuota está fijada más adelante en el calendario: el 30 de noviembre de 2024, inclusive. Mientras que para la segunda etapa (alícuota del 10%) sería el 31 de enero de 2025 y la última, el 30 de abril de 2025, ambas inclusive.
Régimen especial Bienes Personales
También, con nexo con el blanqueo, se buscan fondos a través del Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) que plantea un cómputo unificado para los periodos fiscales desde 2023 hasta 2027.
Al cual podrán adherirse las sucesiones indivisas y personas que hayan sido residentes fiscales de la Argentina al 31 de diciembre de 2023, como también aquellas últimas que no lo eran a los efectos del impuesto para esa fecha.
"Los contribuyentes deberán realizar un pago inicial del REIBP de no menos del 75% del total del impuesto a determinar bajo las normas del presente régimen. Este pago inicial deberá ser realizado siguiendo la fecha, método y demás requisitos que se establezca en la reglamentación", estipularon en el artículo 55.















