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En un hecho sin precedentes desde 2003, el Congreso argentino rechazó el veto del presidente Javier Milei a la Ley de Emergencia en Discapacidad. La decisión fue ratificada por el Senado con 63 votos a favor y solo 7 en contra, consolidando la sanción definitiva de la norma.

La ley había sido aprobada en julio, pero fue vetada por el Ejecutivo en agosto, alegando un alto impacto fiscal y falta de financiamiento. Sin embargo, tanto la Cámara de Diputados como el Senado insistieron en su aprobación.

La medida implica cambios en materia de prestaciones, financiamiento y derechos para quienes reciben Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez, además de garantizar recursos para los prestadores del sistema de salud vinculados a la discapacidad.

¿Qué establece la Ley de Emergencia en Discapacidad?

La nueva legislación declara la emergencia en discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un año más. Esto significa que, en todo el país, se aplicarán medidas excepcionales destinadas a asegurar la cobertura de prestaciones esenciales. Entre sus principales disposiciones, se destaca:

  • Actualización automática de aranceles y prestaciones en base a la inflación, con ajustes mensuales según los índices oficiales del INDEC.
  • Cancelación de deudas con prestadores del sistema de prestaciones básicas.
  • Garantía de aplicación uniforme en todo el territorio nacional, al ser una ley de orden público.

La Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) calculó que la norma tendrá un impacto fiscal de entre 0,28 % y 0,51 % del PBI, lo que representa entre 1,8 y 3,6 billones de pesos, según la cantidad de nuevas altas que se produzcan.

El veto de Miley y la respuesta del Congreso

El presidente Milei había vetado la ley en agosto de 2025, argumentando que el costo fiscal resultaba inviable y podía poner en riesgo el acuerdo con el FMI. En paralelo, el mandatario también rechazó otra ley que disponía un aumento generalizado en las jubilaciones, incluido un bono extraordinario que pasaba de $ 70.000 a $ 110.000.

Sin embargo, tanto Diputados como el Senado rechazaron de manera contundente su decisión. La Cámara baja dio el primer paso en agosto, y el 4 de septiembre la Cámara alta ratificó la ley con una amplia mayoría, dejando firme la emergencia en discapacidad.

¿Qué cambia para las PNC por invalidez?

La ley introduce modificaciones para los beneficiarios de PNC por invalidez, que impactan directamente en sus ingresos y en su inclusión laboral y social:

  • Pensión equivalente al 70% del haber mínimo jubilatorio: la ley establece que las PNC por discapacidad deben equivaler al 70 % del haber mínimo jubilatorio.
  • Compatibilidad con trabajo: los beneficiarios de la PNC podrán trabajar sin perder el beneficio, siempre que sus ingresos no superen dos salarios mínimos.
  • Actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD): la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) considerará en el otorgamiento del trámite las condiciones mentales, físicas, intelectuales, sensoriales y sociales de la persona
  • Actualización periódica y plena cobertura: se garantiza la recomposición mensual de las pensiones con base en la inflación acumulada. La ley es de orden público y rige en todo el país, asegurando una aplicación uniforme.
  • Auditoría de la ANDIS: la ANDIS realizará una auditoría integral, con criterios de salud y evaluación socioeconómica. El proceso deberá garantizar notificaciones fehacientes, debido proceso inclusivo y acceso claro a la información.
  • Incentivos para la contratación laboral: los empleadores que contraten personas con certificado de discapacidad por tiempo indeterminado serán eximidos del pago del 50% de las contribuciones patronales y previsionales durante tres años.
  • Finanzas y sostenibilidad: el Estado se compromete a financiar con recursos del Tesoro una compensación de emergencia para prestadores, lo que busca mantener sostenibilidad del sistema.