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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) permitirá a los jubilados que acrediten tener a cargo a un menor de edad el acceso a la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Así, quienes cumplan los requisitos para poder tener este segundo beneficio de ANSES podrán recibir dos aumentos en agosto gracias a la movilidad jubilatoria.

Adenda 63: la modificación de ANSES que suma beneficios a los jubilados

La disposición Adenda 63 permite que se traslade la titularidad del beneficio de la seguridad social a la persona que tiene un rol activo en la crianza del menor.

Para poder acceder a este beneficio de ANSES, los jubilados que lo requieran deberán presentar la solicitud ante el organismo para demostrar identidad, vínculo y convivencia.

Trámites de ANSES: los documentos que necesita un jubilado para solicitar la AUH

  1. DNI del adulto responsable, original y copia.
  2. DNI del menor y partida de nacimiento, también en original y copia.
  3. Documentación que acredite convivencia y responsabilidad de cuidado diario, como declaraciones juradas, evaluaciones sociales o informes técnicos.

Quiénes pueden solicitar la AUH

Se no están presentes los padres del menor, la persona responsable de la crianza puede solicitar la ayuda social.

  • Jubilados, que tienen a cargo nietos por ausencia de los padres.
  • Abuelos y abuelas, que cumplen un rol de cuidado principal.
  • Tíos o tías, que convivan con el menor en forma permanente.
  • Tutores legales, designados judicialmente o reconocidos por organismos oficiales.

Cómo demostrar la participación en la crianza

  1. Declaración jurada de convivencia y vínculo afectivo. Puede gestionarse en organismos como la SENAF (Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia) o áreas provinciales de infancia autorizadas.
  2. Nota técnica de evaluación, elaborada por personal profesional en trabajo social o psicología, que respalda el pedido y detalla la situación de cuidado.
  3. Informe de reconversión, documento técnico que justifica el cambio de titularidad de la asignación y acredita que el nuevo solicitante es quien garantiza el bienestar del menor.

Esta documentación es imprescindible para avanzar con el traspaso. Solo con esos respaldos ANSES puede autorizar el pago a un nuevo titular que no sea el padre o la madre biológica.

Calendario de pagos ANSES: cuándo paga la AUH

  • DNI terminado en 0: jueves 8 de agosto
  • DNI terminado en 1: lunes 11 de agosto
  • DNI terminado en 2: martes 12 de agosto
  • DNI terminado en 3: miércoles 13 de agosto
  • DNI terminado en 4: jueves 14 de agosto
  • DNI terminado en 5: lunes 18 de agosto
  • DNI terminado en 6: martes 19 de agosto
  • DNI terminado en 7: miércoles 20 de agosto
  • DNI terminado en 8: jueves 21 de agosto
  • DNI terminado en 9: viernes 22 de agosto

Cuándo paga ANSES las jubilaciones

Jubilaciones que no superan el haber mínimo

  • DNI terminado en 0: jueves 8 de agosto
  • DNI terminado en 1: lunes 11 de agosto
  • DNI terminado en 2: martes 12 de agosto
  • DNI terminado en 3: miércoles 13 de agosto
  • DNI terminado en 4 y 5: jueves 14 de agosto
  • DNI terminado en 6: lunes 18 de agosto
  • DNI terminado en 7: martes 19 de agosto
  • DNI terminado en 8: miércoles 20 de agosto
  • DNI terminado en 9: jueves 21 de agosto

Jubilaciones y pensiones superiores a la mínima

  • DNI terminado en 0 y 1: viernes 22 de agosto
  • DNI terminado en 2 y 3: lunes 25 de agosto
  • DNI terminado en 4 y 5: martes 26 de agosto
  • DNI terminado en 6 y 7: miércoles 27 de agosto
  • DNI terminado en 8 y 9: jueves 28 de agosto