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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia confirmó que durante 2026 continuará vigente el sistema de devolución automática y de oficio de saldos a favor para determinados contribuyentes. La medida busca acelerar el reintegro de recursos derivados de declaraciones tributarias y reducir los tiempos habituales del proceso.

Este mecanismo permite recuperar más rápidamente los saldos a favor generados en declaraciones de renta o IVA, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la autoridad tributaria.

Quiénes podrán acceder a la devolución automática de la DIAN

La herramienta está dirigida principalmente a personas naturales residentes que presentan la declaración de renta mediante el formulario 210, así como a algunos responsables del IVA, según información obtenida por Noticias Caracol.

No obstante, la DIAN aclaró que este procedimiento solo aplica para saldos a favor originados en renta e IVA. Los recursos derivados de otros conceptos tributarios deberán tramitarse mediante el procedimiento ordinario.

El mecanismo de devolución automática busca reducir los tiempos de espera para el reintegro de recursos tributarios.Montaje EC (Shutterstock/DIAN)

Para iniciar la solicitud, los contribuyentes deben verificar previamente si cuentan con un saldo a favor. Esta información puede consultarse directamente en la declaración presentada o a través de los servicios digitales de la entidad.

Desde cuándo se puede solicitar el reintegro

La solicitud puede realizarse desde el día siguiente a la presentación de la declaración tributaria que genere el saldo a favor.

Además, los contribuyentes cuentan con un plazo de hasta dos años, contados desde el vencimiento del término para declarar, para presentar la respectiva solicitud de devolución.

En los casos que cumplan todas las condiciones exigidas y no representen un riesgo fiscal elevado, el trámite automático puede resolverse en aproximadamente 15 días hábiles.

Requisitos para hacer el trámite ante la DIAN

La gestión debe realizarse de manera virtual mediante los servicios informáticos de la DIAN y requiere el uso de firma electrónica.

Asimismo, el Registro Único Tributario (RUT) debe encontrarse actualizado, formalizado y sin suspensión o cancelación durante todo el proceso. Esta condición también aplica para representantes legales o apoderados cuando intervengan en el trámite.

La entidad también exige, cuando corresponda, contar con el Certificado de Existencia y Representación Legal vigente registrado en el RUE.

Qué condiciones deben tener en cuenta los contribuyentes

Uno de los aspectos que destacó la entidad tributaria es que las solicitudes no pueden presentarse de forma fragmentada. Esto significa que el contribuyente debe pedir la devolución por la totalidad del saldo a favor generado.

La entidad recomienda revisar cuidadosamente la declaración presentada, confirmar el monto disponible y verificar que toda la información tributaria se encuentre actualizada antes de iniciar el procedimiento.

Con esta modalidad, la DIAN busca mantener un sistema más ágil para quienes cumplen los requisitos y tienen derecho a recuperar recursos generados por saldos a favor en renta o IVA.