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En Colombia, las vacaciones laborales no solo son un beneficio esperado por millones de empleados, sino un derecho regulado con precisión por la ley. Aunque la normativa permite acuerdos para aplazar parte del descanso, no se trata de un permiso indefinido para acumular días sin límite.

El Código Sustantivo del Trabajo establece que, tras completar un año continuo de labores, todo trabajador adquiere el derecho a 15 días hábiles de descanso remunerado. Sin embargo, la misma norma impone una obligación mínima anual que no puede ignorarse, incluso con el consentimiento del empleador.

Este marco legal busca proteger la salud y el bienestar del trabajador, evitando que el descanso sea postergado de manera excesiva y termine convirtiéndose en un pasivo que, con el tiempo, puede desaparecer sin compensación.

Cuántos días de vacaciones se pueden acumular

La legislación colombiana señala que el empleado debe tomar al menos seis días hábiles continuos de vacaciones cada año. Este período es obligatorio y no puede acumularse para años posteriores, sin excepción.

La misma norma impone una obligación mínima anual que no puede ignorarse (Fuente: archivo).
La misma norma impone una obligación mínima anual que no puede ignorarse (Fuente: archivo).Fuente: narrativas-spin-mx

Los días restantes sí pueden aplazarse mediante acuerdo entre las partes, pero solo hasta por dos años consecutivos. Superado ese límite, el trabajador se expone a perder el derecho sobre esos días no utilizados, incluso si nunca los disfrutó.

Casos especiales y excepciones previstas por la ley

Existen regímenes diferenciados para ciertos perfiles laborales. Técnicos, trabajadores especializados, empleados de confianza o manejo, así como extranjeros que laboran lejos de su núcleo familiar, pueden acumular vacaciones hasta por cuatro años.

También cuentan con un régimen distinto quienes desempeñan labores de alto riesgo para la salud, como el personal expuesto a rayos X o quienes trabajan en instituciones dedicadas al tratamiento de la tuberculosis, con descansos más frecuentes por semestre.

Cuándo prescriben las vacaciones y qué no está permitido

Si el trabajador no hace uso de sus vacaciones dentro de los plazos legales y no existe un aplazamiento formal, el derecho a disfrutarlas o a recibir compensación prescribe en cuatro años, según el Decreto Ley 1045 de 1978.

Este período es obligatorio y no puede acumularse para años posteriores (Fuente: archivo).
Este período es obligatorio y no puede acumularse para años posteriores (Fuente: archivo).Liubomyr Vorona

Además, la ley prohíbe reemplazar las vacaciones por dinero mientras el contrato esté vigente. Solo el Ministerio del Trabajo puede autorizar, de manera excepcional, la compensación de hasta la mitad de los días cuando no concederlos genere un perjuicio económico grave para la empresa.