

En Colombia, la llegada de diciembre marca uno de los momentos más esperados por millones de trabajadores: el pago de la prima de Navidad 2025, un ingreso adicional que alivia el bolsillo y permite cerrar el año con mayor estabilidad financiera.
Este derecho también aplica para quienes trabajan en el servicio doméstico por días, incluyendo labores de aseo, cocina, cuidado de niños y adultos mayores, conductores de servicio familiar y personal de fincas de recreo. Todos ellos deben recibir la prima en las mismas condiciones que los demás trabajadores.
Con la fecha límite del 20 de diciembre cada vez más cerca, expertos recomiendan verificar el cálculo correcto del monto a recibir. Esto cobra especial importancia para quienes laboran por jornada o por días, ya que el pago debe ajustarse de forma proporcional al tiempo trabajado durante el semestre.
Prima de servicios 2025: las empleadas domésticas también deben cobrarla
Según explicó el abogado José Andrés Ruge Palacios en entrevista con Infobae Colombia, los empleadores están obligados a pagar la prima de servicios aun cuando no exista un contrato escrito. Basta con que se presenten tres elementos -prestación del servicio, remuneración y subordinación- para que se configure una relación laboral con todos los derechos legales.
“La ausencia de contrato escrito no elimina el vínculo laboral ni los derechos derivados del mismo. En materia laboral rige la primacía de la realidad, y la prestación personal del servicio, el pago habitual y la subordinación son suficientes para que exista contrato de trabajo”, precisó el especialista.

En consecuencia, no estar afiliada a la seguridad social o trabajar sin un documento formal no elimina el derecho a recibir la prima. Lejos de eso, estas irregularidades pueden jugar en contra del empleador, ya que la falta de cumplimiento de las obligaciones legales incrementa su exposición a procesos sancionatorios y reclamaciones laborales.
Prima de servicios: cómo calcularla fácilmente
Para calcular cuánto corresponde de prima según los días trabajados, existe una fórmula sencilla: se debe multiplicar el salario mensual de referencia por el número de días efectivamente laborados en el semestre y luego dividir el resultado entre 360.
El salario mensual de referencia se obtiene tomando el valor del pago diario pactado y multiplicándolo por la cantidad de días habituales del mes que aplique al caso. Una vez calculado ese salario base, se ajusta de manera proporcional al total de jornadas trabajadas durante el semestre.
Por ejemplo, si el pago diario acordado es de $30.000, primero se calcula el salario mensual de referencia y, con ese valor, se aplica la fórmula para establecer la prima correspondiente según los días trabajados. A este monto también debe sumarse el auxilio de transporte.
¿Qué sucede cuando la trabajadora es intermitente?
Cuando la persona presta servicios en varios hogares o labora por jornadas sueltas, se deben sumar todos los días trabajados durante el semestre y aplicar la fórmula correspondiente para establecer cuánto le corresponde de prima. Cada empleador asume únicamente el pago proporcional a las jornadas que la trabajadora cumplió en su vivienda.

Además, es fundamental conservar comprobantes de pago, transferencias, mensajes o registros de asistencia, ya que estos documentos sirven como prueba en caso de cualquier desacuerdo. Contar con este respaldo facilita los procesos de conciliación ante el Ministerio de Trabajo.









