

El alto tribunal ha aplicado una figura jurídica relevante que hace posible la flexibilización de este requisito en circunstancias específicas. Esta decisión genera la posibilidad de que nuevos beneficiarios accedan a la pensión de sobrevivientes, lo que modifica la interpretación previa de las normativas existentes.
El caso en cuestión se origina de la negativa de Colpensiones a conceder el pago de una mesada a una mujer de 72 años, basándose en que su pareja fallecida no contaba con el mínimo de 50 semanas cotizadas durante los últimos tres años, conforme a lo estipulado por la legislación vigente.
La Corte Constitucional de Colombia ha emitido un fallo que establece un precedente en el ámbito del sistema pensional en el país, al ordenar el reconocimiento de una pensión de sobrevivientes sin que se cumplan los requisitos de semanas mínimas que la ley actual establece. Esta determinación afecta directamente a cónyuges y compañeros permanentes que buscan acceder a este derecho.
Corte ordena pensión sin semanas mínimas y sienta un precedente histórico
El fallo determinó que la negativa de Colpensiones no era adecuada, dado que ignoraba derechos adquiridos o legítimas expectativas del afiliado. Este dictamen sienta un precedente que podría resultar beneficioso para otros ciudadanos en circunstancias análogas.
La Corte Constitucional de Colombia determinó que, en determinados supuestos, es factible reconocer la pensión de sobrevivientes incluso si el afiliado no cumple con las semanas establecidas por la normativa vigente. Esta resolución se apoya en la aplicación del principio de condición más beneficiosa, figura que permite evaluar el caso conforme a normas previas.

Pensión de sobrevivientes en Colombia: qué es, requisitos y quiénes pueden recibirla
La pensión de sobrevivientes constituye una de las modalidades del sistema pensional colombiano, junto con la pensión de vejez y la de invalidez. Este beneficio económico es otorgado a los familiares del afiliado o pensionado fallecido que logren demostrar su condición de beneficiarios.
Entre los principales beneficiarios se identifican el cónyuge o compañero permanente, los hijos menores de edad, así como aquellos hijos estudiantes entre 18 y 25 años, hijos en situación de invalidez y, en ciertos casos, los padres dependientes. El acceso a este beneficio, tradicionalmente, demanda la demostración de convivencia mínima de cinco años y el cumplimiento de semanas cotizadas por parte del fallecido.

Condición más beneficiosa: cómo acceder a pensión con normas anteriores
El fallo se fundamenta en el principio de condición más beneficiosa, que faculta la aplicación de normativas anteriores cuando estas son más favorables para el beneficiario. En este contexto, se tomó como referencia el Acuerdo 049 de 1990, que exigía 300 semanas cotizadas en cualquier tiempo.
A pesar de que la Ley 797 de 2003 está vigente en la actualidad, la Corte enfatizó que las normas derrogadas pueden tener efectos si el afiliado generó una expectativa legítima bajo dicho régimen. Esta aplicación “plusultractiva” permite el reconocimiento de derechos que, de otro modo, permanecerían desprotegidos.
Requisitos clave para acceder a la pensión sin semanas cotizadas
En primer lugar, debe existir la condición de que el beneficiario compruebe que el afiliado cumplía con los requisitos establecidos por un régimen anterior, tal como el número de semanas requeridas en el Acuerdo 049 de 1990.
La Corte Constitucional de Colombia ha determinado tres condiciones que deben cumplirse para la aplicación de esta excepción. En primer lugar, se requiere que el afiliado haya fallecido bajo la vigencia de la norma actual sin haber cumplido con las semanas requeridas.
En tercer lugar, debe existir una condición de vulnerabilidad en el solicitante, la cual se evaluará bajo criterios flexibles.
La decisión obliga a entidades como Colpensiones a reevaluar sus criterios de evaluación y a tener en cuenta normas anteriores en situaciones determinadas. Este cambio podría resultar en un incremento en las solicitudes y reclamaciones fundamentadas en este precedente judicial.
El fallo introduce un cambio significativo para cónyuges y compañeros permanentes, quienes ahora podrán acceder a la pensión de sobrevivientes sin depender exclusivamente de las semanas cotizadas bajo la normativa vigente. Esto expande el alcance del derecho pensional e Colombia.









