Ley de alquileres: por este error del propietario, inquilinos no pagarán por tres meses
Uno de los artículos clave de la normativa señala el motivo por que el los propietarios indemnizarán a los arrendatarios. Los detalles.
La ley de alquileres en Colombia cuenta con algunos artículos que no son conocidos por la población y que pueden generar un prejuicio o un beneficio tanto a inquilinos como a propietarios. En este marco, uno de sus artículos señala el motivo por el cual los arrendatarios gozarán de tres meses de alquiler gratis.
Ley de alquileres: el insólito artículo por el cual los inquilinos no pagarán tres meses
La normativa que regula los alquileres en Colombia asegura que, si el propietario no entrega una copia en mano al inquilino que habitará la vivienda, deberá indemnizarlo con tres meses gratis de arriendo.
"Cuando el contrato de arrendamiento de vivienda urbana conste por escrito, el arrendador deberá suministrar tanto al arrendatario como al codeudor, cuando sea el caso, copia del mismo con firmas originales", señala el texto de la ley.
Y, por consiguiente, establece la sanción que recibirá el dueño del hogar en caso de no efectuar la copia del contrato: "El incumplimiento del numeral tercero del presente artículo será sancionado, a petición de parte, por la autoridad competente, con multas equivalentes a tres (3) mensualidades de arrendamiento".
La importancia de la ley de alquileres en Colombia
La Ley de Vivienda 820, sancionada en 2003, estableció los elementos fundamentales y sentó las bases que definen los criterios en los contratos de todos los alquileres en Colombia. Tiene como principal objetivo proteger tanto a los arrendadores como a los arrendatarios y pretende regular la relación entre ambos.
Antes de su promulgación, los acuerdos inmobiliarios entre las partes solían generarse de manera informal, por lo que era muy probable que el propietario o el inquilino se sobrepase en algunas de las cuestiones fundamentales del contrato.
Fijan un precio máximo para los alquileres en Colombia
Una muestra de los avances de esta ley, por ejemplo, es la fijación de un precio máximo para todos los alquileres en Colombia: el valor del arriendo no podrá superar el 1% del valor comercial del inmueble.
"Renta de arrendamiento. El precio mensual del arrendamiento será fijado por las partes en moneda legal pero no podrá exceder el uno por ciento (1%) del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se dé en arriendo", señala el texto aprobado hace más de 20 años por el Congreso de Colombia.
Esta normativa impide que los propietarios ofrezcan un valor irrisorio por el alquiler de sus propiedades. Busca, de esta forma, generar un acceso a la vivienda para todos los habitantes de Colombia que desean alquilar o que no tienen la capacidad para transformarse en propietarios.
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