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La portación de armas en Colombia se encuentra estrictamente regulada por el Estado y no constituye un derecho automático para los ciudadanos. A diferencia de otros países, la legislación colombiana establece que el control, uso y circulación de armas de fuego es una facultad exclusiva del Estado, que solo puede delegarse de manera excepcional.

El marco legal vigente busca limitar la proliferación de armas y reducir los riesgos asociados a su uso indebido. Por este motivo, la ley distingue claramente entre la tenencia y la portación, y define con precisión quiénes pueden acceder a estos permisos y bajo qué condiciones.

Conocer qué dice la normativa, quiénes están autorizados a portar armas y cuáles son los requisitos exigidos resulta fundamental, ya que portar un arma sin permiso válido constituye un delito que puede derivar en sanciones penales y administrativas.

Qué dice la ley sobre la portación de armas en Colombia

La regulación principal sobre armas de fuego en Colombia está contenida en el Decreto Ley 2535 de 1993, que establece el régimen general de armas, municiones y explosivos. Esta norma determina que el monopolio de las armas pertenece al Estado y que los particulares solo pueden poseerlas o portarlas mediante permisos expresos otorgados por la autoridad competente.

La portación de armas en Colombia está regulada principalmente por el Decreto Ley 2535 de 1993 y la Ley 1119 de 2006.
La portación de armas en Colombia está regulada principalmente por el Decreto Ley 2535 de 1993 y la Ley 1119 de 2006.Fuente: ShutterstockShutterstock

A este decreto se suma la Ley 1119 de 2006, que actualiza disposiciones relacionadas con permisos, registros y sanciones. Además, existen resoluciones y decretos reglamentarios del Ministerio de Defensa que desarrollan los procedimientos administrativos para la expedición, renovación y revocatoria de los permisos de tenencia y portación.

Cuál es la diferencia entre tenencia y portación de armas

La tenencia de armas autoriza a una persona a poseer un arma de fuego legalmente registrada y mantenerla en un lugar específico, como una vivienda o un predio autorizado. Este permiso no habilita el traslado del arma en espacios públicos ni su uso fuera del lugar de guarda.

La portación de armas, en cambio, permite llevar el arma fuera del domicilio o del lugar autorizado. Debido al mayor riesgo que implica, este permiso es excepcional, está sujeto a controles más estrictos y su aprobación depende de una evaluación individual por parte de las autoridades militares.

Quiénes pueden portar armas legalmente en Colombia

En Colombia, la portación de armas está permitida y limitada a casos específicos con autorización previa siempre. Pueden portar armas legalmente las siguientes personas o grupos, bajo condiciones estrictas:

  • Miembros activos de la Fuerza Pública, como el Ejército Nacional y la Policía, en ejercicio de sus funciones constitucionales.
  • Personal retirado de la Fuerza Pública, veteranos y personal de reserva, únicamente si cuentan con un permiso especial de portación vigente. El retiro o la condición de veterano no habilita el porte automático.
  • Altos funcionarios del Estado, como magistrados, fiscales y congresistas, siempre que exista autorización expresa, generalmente vinculada a esquemas oficiales de seguridad.
  • Personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), cuando el porte esté autorizado institucionalmente y se realice en el marco de sus funciones.
  • Diplomáticos y miembros de misiones extranjeras, de manera excepcional y con autorización expresa del Estado colombiano.
  • Civiles particulares, únicamente si obtienen un permiso especial otorgado por la autoridad militar competente, previa evaluación del caso.

En todos los casos, la autorización es discrecional y puede ser negada o revocada si no se cumplen las condiciones legales.

La ley distingue entre tenencia de armas y portación, siendo esta última una autorización excepcional.
La ley distingue entre tenencia de armas y portación, siendo esta última una autorización excepcional.

Cuáles son los requisitos para que un civil pueda portar un arma

Para que un ciudadano particular pueda acceder legalmente a un permiso de portación de armas en Colombia, debe cumplir con una serie de requisitos establecidos por la normativa vigente:

  • Ser mayor de edad, conforme a los límites fijados por la ley y su reglamentación.
  • Contar con cédula de ciudadanía colombiana válida.
  • No tener antecedentes penales ni procesos judiciales que impidan el otorgamiento del permiso.
  • Aprobar un examen médico y psicofísico, que certifique aptitud física y mental para el manejo de armas de fuego.
  • Presentar una justificación formal y verificable de la necesidad de portar el arma.
  • Tener el arma debidamente registrada ante la autoridad militar correspondiente.
  • Cumplir con el pago de las tasas administrativas exigidas para el trámite.

El permiso tiene vigencia limitada y debe renovarse periódicamente.

Deportistas y coleccionistas: qué permite la ley

En el caso de los deportistas y coleccionistas, la legislación colombiana no autoriza la portación de armas para defensa personal. La ley únicamente permite el transporte del arma, bajo condiciones estrictas.

Las armas deben trasladarse descargadas, embaladas y con destino específico, como escenarios deportivos, exhibiciones o lugares de custodia autorizados. Cualquier uso fuera de estos fines constituye una infracción grave.

Cuáles son las sanciones por portar armas sin permiso en Colombia

Portar un arma de fuego sin el permiso correspondiente es un delito en Colombia. La normativa contempla decomiso del arma, multas económicas y penas de prisión, según la gravedad del caso y las circunstancias en que se produzca la infracción.

Además, está prohibido portar armas bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas, así como en eventos públicos, reuniones políticas o espacios restringidos. Estas medidas buscan preservar el orden público y reducir los riesgos para la seguridad ciudadana.