

En este contexto, el Ministerio de Transporte establece, mediante la Resolución 217 de 2014, las pautas para la emisión de certificados de aptitud, así como los aspectos que se evalúan (visión, audición, coordinación, condiciones físicas y mentales, entre otros). Esta obligación es aplicable a todos los conductores, adquiriendo una relevancia particular en edades avanzadas debido a la reducción en los plazos de vigencia.
Los conductores mayores de 65 años en Colombia deben anticiparse a la expiración de su permiso de conducción. La normativa exige la demostración de aptitud física, psicológica y coordinación motriz a través de un examen realizado en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado.
Si el certificado no se encuentra registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), la entidad correspondiente no podrá proceder con la renovación del documento. Esta disposición es parte de las directrices oficiales de la Alcaldía de Bogotá y la Ventanilla Única de Servicios, que también verifican el cumplimiento del requisito de estar al día con las multas.
Certificado RUNT: clave para la renovación
Para llevar a cabo la actualización de la licencia, la autoridad de tránsito verifica en el RUNT que el usuario posea un certificado válido del examen físico, mental y de coordinación motriz emitido por un CRC y registrado a través del sistema SICOV. En caso de que el documento no esté disponible o haya expirado, la solicitud será denegada. Asimismo, es necesario estar inscrito en el RUNT, presentar la cédula de identidad y no tener sanciones pendientes (o haber acordado un plan de pago).
Es importante considerar un aspecto operativo que frecuentemente se pasa por alto: el certificado médico tiene una vigencia máxima de seis meses; si se permite que transcurra dicho período sin finalizar el proceso, será necesario repetir los exámenes.

¿Cada cuánto se renueva tras los 65 y cuándo es anual?
La vigencia de los servicios se determina en función del tipo de servicio y la edad del solicitante:
- Es esencial tener en cuenta estos factores al momento de presentar una solicitud.
- La duración de los servicios varía conforme a las características particulares de cada uno.

Cada cuanto deberá renovar su licencia
- Mayores de 80 años: anual.
- Entre 60 y 80 años: cada 5 años.
- Menores de 60 años: cada 10 años.
Estos son los pasos para renovar su licencia
- Programe su cita en la Ventanilla Única de Servicios o ante el organismo de tránsito correspondiente.
- Revise siempre el tarifario vigente antes de asistir a su cita.
- Realícese el examen en un CRC autorizado y confirme que el resultado quedó registrado en el RUNT.
- Verifique que no tenga multas activas.
- Cancele los derechos del trámite.









