

En el ámbito actual, los conductores mayores de 65 años en Colombia deben anticiparse a la caducidad de su licencia de conducción. Para ello, la normativa vigente impone la obligación de evidenciar aptitud física, mental y de coordinación motriz mediante un examen en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado.
Por otro lado, el Ministerio de Transporte ha establecido, a través de la Resolución 217 de 2014, las directrices para la obtención de estos certificados de aptitud, incluyendo los aspectos a evaluar como visión, audición, coordinación motriz y condiciones físicas y mentales, entre otros. Esta exigencia es aplicable a todos los conductores, siendo especialmente relevante en edades avanzadas dado que poseen períodos de vigencia más reducidos.
Además, en caso de que el certificado no esté registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), la autoridad competente no podrá proceder con la renovación del documento. Esta normativa está respaldada por las guías oficiales de la Alcaldía de Bogotá y la Ventanilla Única de Servicios, que además verifican el cumplimiento del requisito de estar a paz y salvo por multas.
Certificado en el RUNT: clave para renovar sin contratiempos
Es fundamental prestar atención a un aspecto operativo que a menudo se ignora: el certificado médico tiene una vigencia máxima de 6 meses. Si este plazo transcurre sin completar el trámite, será necesario realizar nuevamente los exámenes.
Para la renovación del certificado, la entidad de tránsito comprueba en el RUNT que usted posea un certificado vigente de examen físico, mental y de coordinación motriz, emitido por un CRC y registrado a través del sistema SICOV. En caso de que el certificado no esté registrado o haya caducado, la solicitud será denegada. Además, es imprescindible estar inscrito en el RUNT, presentar su documento y no tener comparendos pendientes (o contar con un acuerdo de pago).

Renovación a partir de los 65: cada cuánto y cuándo es anual
Servicio particular (A y B):
- Menores de 60 años: cada 10 años.
- Entre 60 y 80 años: cada 5 años.
- Mayores de 80 años: anual.
Servicio público (C):
- Menores de 60 años: cada 3 años.
- Mayores de 60 años: anual.
La vigencia de los servicios, sin embargo, está sujeta al tipo de servicio así como a la edad del solicitante:
No se establece una “edad tope” que limite la renovación; lo primordial es cumplir con la aptitud médica y las periodicidades adecuadas.

Guía 2025: errores que te hacen perder la licencia
En Bogotá, se han establecido para 2025 las siguientes tarifas en la Ventanilla Única de Servicios: $128.700 para automóvil y $222.100 para motocicleta (sujeto a actualizaciones locales). Es recomendable consultar el tarifario vigente antes de asistir a su cita.
- Pague los derechos del trámite.
- Verifique que no tiene multas pendientes.
- Agende su cita en la Ventanilla Única de Servicios (Bogotá) o en el organismo de tránsito correspondiente a su ciudad.
- Hágase el examen en un CRC habilitado y asegúrese de que el resultado esté cargado en el RUNT.
Examen médico: qué mide y por qué complica la renovación
La Resolución 217 de 2014 establece el marco técnico que regula la realización de los exámenes correspondientes y la emisión del certificado que garantiza que el conductor cumple con los parámetros necesarios. El CRC es fundamental para validar que el individuo mantenga condiciones físicas, mentales, sensoriales y de coordinación adecuadas para una conducción segura.
En caso de obtener un resultado no apto, se impedirá la renovación de la licencia hasta que se cumplan las condiciones señaladas por el profesional, las cuales pueden incluir tratamientos y ayudas ópticas o auditivas, así como otras medidas pertinentes.
- Revise la fecha de vencimiento con antelación y agende el CRC: recuerde la vigencia de 6 meses del certificado.
- Cruce su estado en el RUNT y pague multas, si corresponde, antes de la cita.
- Si maneja servicio público o tiene más de 80 años, planifique la renovación anual.









