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La resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, introduce cambios en las reglas vinculadas con la movilización de ganado dentro de México. El Tribunal Pleno determinó que determinadas autorizaciones estatales dejarán de ser obligatorias. “La guía de tránsito puede existir como instrumento para acreditar la propiedad”, señaló el máximo tribunal en su resolución.

La decisión surgió a partir de la Controversia Constitucional 216/2025, estudiada por el Pleno durante una sesión celebrada el 10 de marzo de 2026. En su fallo, la Suprema Corte concluyó que algunos requerimientos vigentes en el estado de Nayarit excedían las atribuciones locales e invadían competencias federales, por lo que su aplicación fue declarada inválida.

A través del comunicado oficial, la Suprema Corte explicó que algunas normas estatales buscaban regular el traslado de ganado mediante un esquema de permisos otorgados por autoridades locales.

La Suprema Corte falló y no hay vuelta atrás: desde ahora quedan invalidados los permisos para mover y exportar ganado (foto: archivo).
La Suprema Corte falló y no hay vuelta atrás: desde ahora quedan invalidados los permisos para mover y exportar ganado (foto: archivo).

En la práctica, imponían un sistema estatal de autorización previa para movilizar ganado, resolvió el tribunal, lo que contraviene las competencias previstas en la Constitución mexicana.

La Máxima Corte resolvió y no existe vuelta atrás: desde ahora resultan invalidados los permisos para trasladar y vender al exterior ganado (foto: archivo).
La Máxima Corte resolvió y no existe vuelta atrás: desde ahora resultan invalidados los permisos para trasladar y vender al exterior ganado (foto: archivo).

La Suprema Corte avala títulos de propiedad, no así los controles estatales

El fallo distingue entre los documentos destinados a comprobar la propiedad del ganado y aquellos que funcionan como autorizaciones obligatorias para poder trasladarlo. Los ministros mantuvieron la validez de determinadas disposiciones de la Ley Ganadera de Nayarit que establecen herramientas administrativas para acreditar la posesión o transmisión de animales.

“Estas disposiciones se encuentran dentro de la facultad de las entidades federativas para legislar en materia civil y administrativa”, indicó la Corte al fundamentar por qué esos mecanismos pueden continuar vigentes.

De acuerdo con el comunicado, estos instrumentos son constitucionalmente válidos porque no constituyen un filtro obligatorio para permitir la movilización del ganado.

Anulan los permisos estatales para movilizar ganado

La Suprema Corte remarcó que los controles relacionados con el traslado de animales corresponden principalmente al ámbito federal, sobre todo cuando involucran cuestiones sanitarias.

La Suprema Corte subrayó que ese tipo de controles corresponden al ámbito federal, especialmente en materia sanitaria.
La Suprema Corte subrayó que ese tipo de controles corresponden al ámbito federal, especialmente en materia sanitaria.

“Estas disposiciones invaden la esfera de competencia de la Federación en materia de salubridad general”, sostuvo el tribunal, al establecer que las entidades federativas no pueden condicionar la movilización de ganado a la obtención previa de permisos locales.

En ese sentido, el Pleno dejó sin efecto distintos artículos de la legislación estatal que exigían autorizaciones antes de transportar o exportar ganado, así como productos y subproductos pecuarios. Entre los requisitos invalidados se encontraban las guías de tránsito foliadas por autoridades estatales y los permisos expedidos por inspectores locales.